Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Miajadas. (BOP-2025-693)
BOP-2025-693 Aprobación modificación del acuerdo de implantación de la carrera profesional horizontal.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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La complejidad del plan estriba en ofrecer a todos las/os empleadas/os públicas/os del
Ayuntamiento de Miajadas la posibilidad cierta de poder progresar en el sistema de niveles de
carrera profesional, con independencia del/los apartados del baremo que se utilicen para este
fin, ya que la confección de un baremo donde todos puedan obtener puntos en todos los ítems
resulta materialmente imposible por la ya mencionada disparidad de funciones, características
de los puestos de trabajo, organización y/o ubicación de los centros de trabajo, etc., además
una vez una vez aprobado este plan el acceso a los distintos niveles será igualatorio para
todas/os al quedar fijados los criterios de valoración.
En virtud de lo anteriormente expuesto, conforme a los principios de transparencia, objetividad,
proporcionalidad, imparcialidad y no discriminación, y siguiendo unos indicadores fiables para
su correcta cuantificación, en beneficio de un mayor compromiso y profesionalización de las/os
empleadas/os públicos al servicio del Ayuntamiento de Miajadas se presenta:
“El Plan Anual de Valoración efectos del reconocimiento de los distintos niveles de carrera
profesional horizontal del Ayuntamiento de Miajadas.
Primero. Ámbito de aplicación.
El personal que presta servicios en el Ayuntamiento de Miajadas y que tenga la condición de
empleada o empleado público, desde su toma de posesión y/o firma del correspondiente
contrato o nombramiento, podrá progresar profesionalmente en su carrera administrativa sin
necesidad de cambiar de puesto de trabajo, cuando cumpla las condiciones y requisitos que se
establezcan en el presente texto y demás documentos que se aprueben por el Ayuntamiento
de Miajadas, que deberán adaptarse en sus principios básicos a lo previsto en el TREBEP y en
la legislación sobre Función Pública de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
En caso de que el siguiente Plan de Valoración no se aprobara antes del inicio del año
correspondiente, este plan se considerará automáticamente prorrogado hasta la aprobación del
nuevo.
Segundo. Requisitos.
En el nivel inicial, se encontrarán todos/as los/as empleados/as públicos/as del Ayuntamiento
de Miajadas que ostenten la condición de personal funcionario de carrera, laboral fijo, personal
interino y personal indefinido, y se encuentren en servicio activo, o desde el que haya accedido
en su caso a la situación de servicios especiales, excedencia por cuidado de familiares y
excedencia por razón de violencia de género, computándose como ejercicio profesional
efectivamente desempeñado el tiempo que haya permanecido en esas situaciones o
excedencias, o el tiempo destinado a funciones sindicales o representación.
CVE:
BOP-2025-693
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 13 de febrero de 2025
N.º 0030
Pág. 3265
Ayuntamiento de Miajadas la posibilidad cierta de poder progresar en el sistema de niveles de
carrera profesional, con independencia del/los apartados del baremo que se utilicen para este
fin, ya que la confección de un baremo donde todos puedan obtener puntos en todos los ítems
resulta materialmente imposible por la ya mencionada disparidad de funciones, características
de los puestos de trabajo, organización y/o ubicación de los centros de trabajo, etc., además
una vez una vez aprobado este plan el acceso a los distintos niveles será igualatorio para
todas/os al quedar fijados los criterios de valoración.
En virtud de lo anteriormente expuesto, conforme a los principios de transparencia, objetividad,
proporcionalidad, imparcialidad y no discriminación, y siguiendo unos indicadores fiables para
su correcta cuantificación, en beneficio de un mayor compromiso y profesionalización de las/os
empleadas/os públicos al servicio del Ayuntamiento de Miajadas se presenta:
“El Plan Anual de Valoración efectos del reconocimiento de los distintos niveles de carrera
profesional horizontal del Ayuntamiento de Miajadas.
Primero. Ámbito de aplicación.
El personal que presta servicios en el Ayuntamiento de Miajadas y que tenga la condición de
empleada o empleado público, desde su toma de posesión y/o firma del correspondiente
contrato o nombramiento, podrá progresar profesionalmente en su carrera administrativa sin
necesidad de cambiar de puesto de trabajo, cuando cumpla las condiciones y requisitos que se
establezcan en el presente texto y demás documentos que se aprueben por el Ayuntamiento
de Miajadas, que deberán adaptarse en sus principios básicos a lo previsto en el TREBEP y en
la legislación sobre Función Pública de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
En caso de que el siguiente Plan de Valoración no se aprobara antes del inicio del año
correspondiente, este plan se considerará automáticamente prorrogado hasta la aprobación del
nuevo.
Segundo. Requisitos.
En el nivel inicial, se encontrarán todos/as los/as empleados/as públicos/as del Ayuntamiento
de Miajadas que ostenten la condición de personal funcionario de carrera, laboral fijo, personal
interino y personal indefinido, y se encuentren en servicio activo, o desde el que haya accedido
en su caso a la situación de servicios especiales, excedencia por cuidado de familiares y
excedencia por razón de violencia de género, computándose como ejercicio profesional
efectivamente desempeñado el tiempo que haya permanecido en esas situaciones o
excedencias, o el tiempo destinado a funciones sindicales o representación.
CVE:
BOP-2025-693
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 13 de febrero de 2025
N.º 0030
Pág. 3265