Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Guadalupe. (BOP-2025-688)
BOP-2025-688 Bases convocatoria Plaza de Técnico/a de Turismo.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Así el Tribunal quedará constituido por los siguientes miembros:
Presidente: Un funcionario o empleado público de la Corporación, o de cualquier
Organismo Público.
Secretario: Un funcionario o empleado público de la Corporación, o de cualquier
Organismo Público.
Vocal: Funcionario o empleado público, con Licenciatura en Filología Inglesa.
Vocal: Representante de la Dirección General de Turismo.
Vocal: Representante de la Diputación Provincial de Cáceres.
El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la mitad de sus
componentes, titulares o suplentes.
El tribunal resolverá por mayoría de votos de sus miembros presentes todas las dudas y
propuestas que surjan para la aplicación de las normas contenidas en estas Bases y estará
facultado para resolver cuestiones que puedan suscitarse durante la realización de las
pruebas, así como para adoptar las medidas necesarias que garanticen el debido orden en
las mismas en todo lo previsto en las bases. Sus acuerdos serán impugnables en los
supuestos y en la forma establecida en la Ley 40/2015 de 1 de octubre de Régimen
Jurídico del Sector Público.
Las organizaciones sindicales con representación en el Ayuntamiento de Guadalupe
recibirán información sobre el desarrollo de los procesos selectivos, pudiendo participar
como observadores/as en todas las fases y actos que integran dichos procesos a excepción
de aquellos en los que se delibere, decida y materialice el contenido de las pruebas, antes
de su realización.
El órgano de selección puede disponer la incorporación a sus trabajos de personal asesor
especialista y/o colaboradores/as para todas o algunas de las pruebas, de acuerdo con lo
previsto en la correspondiente convocatoria. Este personal colaborará exclusivamente en
el ejercicio de sus especialidades técnicas, por lo que actuarán con voz, pero sin voto.
Igualmente, no podrá formar parte del Tribunal el personal que, en el ámbito de
actividades privadas, hubiesen realizado tareas de formación o preparación de aspirantes
a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de la correspondiente
convocatoria.
5.- COMIENZO Y DESARROLLO DE LA OPOSICIÓN
CVE:
BOP-2025-688
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 13 de febrero de 2025
N.º 0030
Pág. 3238
Presidente: Un funcionario o empleado público de la Corporación, o de cualquier
Organismo Público.
Secretario: Un funcionario o empleado público de la Corporación, o de cualquier
Organismo Público.
Vocal: Funcionario o empleado público, con Licenciatura en Filología Inglesa.
Vocal: Representante de la Dirección General de Turismo.
Vocal: Representante de la Diputación Provincial de Cáceres.
El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la mitad de sus
componentes, titulares o suplentes.
El tribunal resolverá por mayoría de votos de sus miembros presentes todas las dudas y
propuestas que surjan para la aplicación de las normas contenidas en estas Bases y estará
facultado para resolver cuestiones que puedan suscitarse durante la realización de las
pruebas, así como para adoptar las medidas necesarias que garanticen el debido orden en
las mismas en todo lo previsto en las bases. Sus acuerdos serán impugnables en los
supuestos y en la forma establecida en la Ley 40/2015 de 1 de octubre de Régimen
Jurídico del Sector Público.
Las organizaciones sindicales con representación en el Ayuntamiento de Guadalupe
recibirán información sobre el desarrollo de los procesos selectivos, pudiendo participar
como observadores/as en todas las fases y actos que integran dichos procesos a excepción
de aquellos en los que se delibere, decida y materialice el contenido de las pruebas, antes
de su realización.
El órgano de selección puede disponer la incorporación a sus trabajos de personal asesor
especialista y/o colaboradores/as para todas o algunas de las pruebas, de acuerdo con lo
previsto en la correspondiente convocatoria. Este personal colaborará exclusivamente en
el ejercicio de sus especialidades técnicas, por lo que actuarán con voz, pero sin voto.
Igualmente, no podrá formar parte del Tribunal el personal que, en el ámbito de
actividades privadas, hubiesen realizado tareas de formación o preparación de aspirantes
a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de la correspondiente
convocatoria.
5.- COMIENZO Y DESARROLLO DE LA OPOSICIÓN
CVE:
BOP-2025-688
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 13 de febrero de 2025
N.º 0030
Pág. 3238