Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Guadalupe. (BOP-2025-688)
BOP-2025-688 Bases convocatoria Plaza de Técnico/a de Turismo.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Las solicitudes, ajustadas al modelo de instancia que se facilitará al efecto, se presentarán
en el Registro General de este Ayuntamiento, en horas y días hábiles de oficina, en el
plazo de 20 días hábiles desde su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de
Cáceres. Con posterioridad se publicará, en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres,
Tablón de Anuncios físico y Sede Electrónica, la lista provisional de admitidos, dándose
un plazo de 2 días hábiles para reclamaciones, publicándose la lista definitiva de
admitidos y fijándose la fecha de la prueba selectiva tanto en el Boletín Oficial de la
Provincia de Cáceres, Tablón de Anuncios físico y Sede Electrónica.
Los/las aspirantes con un grado de discapacidad igual o superior al 33 % deberán solicitar
en su instancia las adaptaciones y ajustes razonables necesarios de tiempo y medios para
la realización de las pruebas selectivas, debiendo reflejar las necesidades específicas que
tienen para acceder al proceso de selección en igualdad de condiciones.
A efectos de valorar la procedencia de la concesión de las adaptaciones solicitadas, se
solicitará al candidato/a el correspondiente certificado o información adicional. La
adaptación no se otorgará de forma automática, sino únicamente en aquellos casos en que
la discapacidad guarde relación directa con la prueba a realizar.
A la solicitud se le acompañará un proyecto de plan estratégico para su implementación
en el municipio, que tenga en cuenta aspectos como la formación del sector, la
dinamización y mejora de la oferta, la promoción, la realidad económico-social y cultural
del turismo en Guadalupe, etc…
4.- TRIBUNAL CALIFICADOR
El Tribunal Calificador, estará integrado por cinco miembros, designándose igual
número de suplentes. En la designación de sus miembros deberán respetarse los principios
de imparcialidad y de profesionalidad. Todos los miembros del Tribunal, titulares y
suplentes, habrán de ser empleados públicos y poseer una titulación igual o superior a la
requerida para el acceso a la plaza convocada.
La abstención y recusación de los miembros del Tribunal será de conformidad con los
artículos 23 y 24 de la Ley 40/15, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común.
Cuando el proceso selectivo por dificultades técnicas o de otra índole, así lo aconsejase,
el Tribunal por medio de su Presidente, podrá disponer las incorporación al mismo con
carácter temporal, de otro personal de Diputación o de otras administraciones públicas,
que colaborará exclusivamente en el ejercicio de sus especialidades técnicas, en
desarrollo de los procesos de selección y bajo la dirección del citado Tribunal.
CVE:
BOP-2025-688
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 13 de febrero de 2025
N.º 0030
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en el Registro General de este Ayuntamiento, en horas y días hábiles de oficina, en el
plazo de 20 días hábiles desde su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de
Cáceres. Con posterioridad se publicará, en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres,
Tablón de Anuncios físico y Sede Electrónica, la lista provisional de admitidos, dándose
un plazo de 2 días hábiles para reclamaciones, publicándose la lista definitiva de
admitidos y fijándose la fecha de la prueba selectiva tanto en el Boletín Oficial de la
Provincia de Cáceres, Tablón de Anuncios físico y Sede Electrónica.
Los/las aspirantes con un grado de discapacidad igual o superior al 33 % deberán solicitar
en su instancia las adaptaciones y ajustes razonables necesarios de tiempo y medios para
la realización de las pruebas selectivas, debiendo reflejar las necesidades específicas que
tienen para acceder al proceso de selección en igualdad de condiciones.
A efectos de valorar la procedencia de la concesión de las adaptaciones solicitadas, se
solicitará al candidato/a el correspondiente certificado o información adicional. La
adaptación no se otorgará de forma automática, sino únicamente en aquellos casos en que
la discapacidad guarde relación directa con la prueba a realizar.
A la solicitud se le acompañará un proyecto de plan estratégico para su implementación
en el municipio, que tenga en cuenta aspectos como la formación del sector, la
dinamización y mejora de la oferta, la promoción, la realidad económico-social y cultural
del turismo en Guadalupe, etc…
4.- TRIBUNAL CALIFICADOR
El Tribunal Calificador, estará integrado por cinco miembros, designándose igual
número de suplentes. En la designación de sus miembros deberán respetarse los principios
de imparcialidad y de profesionalidad. Todos los miembros del Tribunal, titulares y
suplentes, habrán de ser empleados públicos y poseer una titulación igual o superior a la
requerida para el acceso a la plaza convocada.
La abstención y recusación de los miembros del Tribunal será de conformidad con los
artículos 23 y 24 de la Ley 40/15, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común.
Cuando el proceso selectivo por dificultades técnicas o de otra índole, así lo aconsejase,
el Tribunal por medio de su Presidente, podrá disponer las incorporación al mismo con
carácter temporal, de otro personal de Diputación o de otras administraciones públicas,
que colaborará exclusivamente en el ejercicio de sus especialidades técnicas, en
desarrollo de los procesos de selección y bajo la dirección del citado Tribunal.
CVE:
BOP-2025-688
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 13 de febrero de 2025
N.º 0030
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