Sección I - Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Trasierra Tierras de Granadilla. (BOP-2025-683)
BOP-2025-683 Bases convocatoria proceso selectivo mediante oposición libre para la contratación laboral temporal de un/a Asesor/a Jurídico/a para la OTUDTS.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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(Oficina Técnica de Urbanismo y Desarrollo Territorial Sostenible)
BASES QUE REGIRAN EL PROCEDIMIENTO SELECTIVO: ASESOR/A JURIDICO/A
____________________________________________________9____________________________________________________
Mancomunidad Trasierra Tierras de Granadilla. - Tfno. 927 02 43 90
Pantano de Gabriel y Galán.10712 (Cáceres)
www.trasierratierrasdegranadilla.es
BASE DECIMOSEXTA: NOMBRAMIENTO/FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
El/la aspirante que resulte propuesto/a, deberá firmar el correspondiente contrato de trabajo a
requerimiento de la Mancomunidad. Se entenderá que renuncia si no firmara el contrato en el plazo
señalado sin causa justificada.
Será causa de resolución del contrato, no superar el período de prueba de dos meses establecido en las
presentes bases.
BASE DECIMOSÉPTIMA: BOLSA DE TRABAJO
Finalizado el proceso selectivo, se constituirá una Bolsa de Trabajo con los/as aspirantes que, habiendo
superado al menos el primer ejercicio (tipo test) del proceso de selección no hayan obtenido plaza. Se
constituye esta bolsa a efectos de posteriores contrataciones, tanto destinadas a cubrir vacantes de la plaza
objeto de esta convocatoria, como para ausencias de carácter temporal que pudieran producirse.
El orden de prelación en la misma vendrá determinado por la puntuación obtenida en el mismo.
El periodo de vigencia de la bolsa de trabajo que se constituya, será hasta el 31 de diciembre de 2027.
Funcionamiento de la Bolsa de trabajo:
Cuando se manifestare la necesidad de contratación, la Presidencia ofertará la contratación por riguroso
orden de puntuación de la relación de candidatos/as; requiriendo al aspirante para la firma del
correspondiente contrato de trabajo de forma fehaciente:
►En primer lugar, mediante llamada telefónica (2 llamadas telefónicas a distintas horas, al teléfono
indicado en su solicitud antes de las 13:00 horas).
►En su defecto, se le requerirá mediante notificación por parte de la Mancomunidad efectuada por
correo electrónico a la dirección (email) indicada en solicitud –el justificante de envío será prueba de
la notificación realizada‐, concediendo un plazo de 24 horas para que acepte o renuncie por escrito a
la plaza ofertada.
■ En el caso de que no se localizase a algún candidatos/as, o en el supuesto de que, habiendo sido citado de
forma adecuada, no se presentase en el día y lugar indicados, se ofertará la contratación al candidato que
ocupe el siguiente puesto en la relación, y así sucesivamente, hasta la cobertura de la plaza autorizada.
■ En caso de renuncia sin causa justificada, dentro del plazo establecido, el/la interesado/a pasará al final de
la Bolsa de trabajo y se continuará por el orden de la lista.
■ En caso de que la renuncia se deba a enfermedad justificada, se reservará el orden que venía ocupando en
la bolsa. Si la causa es por motivos de contrato, el/la seleccionado/a pasará al último lugar de la lista.
■ Si de acuerdo con el orden establecido en la Bolsa, el/la seleccionado/a no reúne en el momento del
llamamiento los requisitos exigidos, se llamará al siguiente de la lista que cumpla con dichos requisitos.
BASE DECIMOCTAVA: PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL
De conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos y Garantía de los Derechos
Digitales, y el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la
protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos
datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE, el tratamiento de los datos de carácter personal es necesario en el
cumplimiento de una misión realizada en interés público.
a) Información sobre protección de datos:
Responsable:
‐Mancomunidad de Trasierra Tierras de Granadilla.
‐Delegado de Protección de Datos. Gregorio Domínguez Moreno Tlef. 927024390
‐Dirección. 10.712 Poblado de Gabriel y Galán S.N.
Cód.
Validación:
94RXNZSZ7F6GJWQ7WF92W2FK7
Verificación:
https://trasierratierrasdegranadilla.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
Página
9
de
13
CVE:
BOP-2025-683
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 12 de febrero de 2025
N.º 0029
Pág. 3221
BASES QUE REGIRAN EL PROCEDIMIENTO SELECTIVO: ASESOR/A JURIDICO/A
____________________________________________________9____________________________________________________
Mancomunidad Trasierra Tierras de Granadilla. - Tfno. 927 02 43 90
Pantano de Gabriel y Galán.10712 (Cáceres)
www.trasierratierrasdegranadilla.es
BASE DECIMOSEXTA: NOMBRAMIENTO/FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
El/la aspirante que resulte propuesto/a, deberá firmar el correspondiente contrato de trabajo a
requerimiento de la Mancomunidad. Se entenderá que renuncia si no firmara el contrato en el plazo
señalado sin causa justificada.
Será causa de resolución del contrato, no superar el período de prueba de dos meses establecido en las
presentes bases.
BASE DECIMOSÉPTIMA: BOLSA DE TRABAJO
Finalizado el proceso selectivo, se constituirá una Bolsa de Trabajo con los/as aspirantes que, habiendo
superado al menos el primer ejercicio (tipo test) del proceso de selección no hayan obtenido plaza. Se
constituye esta bolsa a efectos de posteriores contrataciones, tanto destinadas a cubrir vacantes de la plaza
objeto de esta convocatoria, como para ausencias de carácter temporal que pudieran producirse.
El orden de prelación en la misma vendrá determinado por la puntuación obtenida en el mismo.
El periodo de vigencia de la bolsa de trabajo que se constituya, será hasta el 31 de diciembre de 2027.
Funcionamiento de la Bolsa de trabajo:
Cuando se manifestare la necesidad de contratación, la Presidencia ofertará la contratación por riguroso
orden de puntuación de la relación de candidatos/as; requiriendo al aspirante para la firma del
correspondiente contrato de trabajo de forma fehaciente:
►En primer lugar, mediante llamada telefónica (2 llamadas telefónicas a distintas horas, al teléfono
indicado en su solicitud antes de las 13:00 horas).
►En su defecto, se le requerirá mediante notificación por parte de la Mancomunidad efectuada por
correo electrónico a la dirección (email) indicada en solicitud –el justificante de envío será prueba de
la notificación realizada‐, concediendo un plazo de 24 horas para que acepte o renuncie por escrito a
la plaza ofertada.
■ En el caso de que no se localizase a algún candidatos/as, o en el supuesto de que, habiendo sido citado de
forma adecuada, no se presentase en el día y lugar indicados, se ofertará la contratación al candidato que
ocupe el siguiente puesto en la relación, y así sucesivamente, hasta la cobertura de la plaza autorizada.
■ En caso de renuncia sin causa justificada, dentro del plazo establecido, el/la interesado/a pasará al final de
la Bolsa de trabajo y se continuará por el orden de la lista.
■ En caso de que la renuncia se deba a enfermedad justificada, se reservará el orden que venía ocupando en
la bolsa. Si la causa es por motivos de contrato, el/la seleccionado/a pasará al último lugar de la lista.
■ Si de acuerdo con el orden establecido en la Bolsa, el/la seleccionado/a no reúne en el momento del
llamamiento los requisitos exigidos, se llamará al siguiente de la lista que cumpla con dichos requisitos.
BASE DECIMOCTAVA: PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL
De conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos y Garantía de los Derechos
Digitales, y el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la
protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos
datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE, el tratamiento de los datos de carácter personal es necesario en el
cumplimiento de una misión realizada en interés público.
a) Información sobre protección de datos:
Responsable:
‐Mancomunidad de Trasierra Tierras de Granadilla.
‐Delegado de Protección de Datos. Gregorio Domínguez Moreno Tlef. 927024390
‐Dirección. 10.712 Poblado de Gabriel y Galán S.N.
Cód.
Validación:
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Verificación:
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Documento
firmado
electrónicamente
desde
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Verificable
en:
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Miércoles, 12 de febrero de 2025
N.º 0029
Pág. 3221