Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Hervás. (BOP-2025-663)
BOP-2025-663 Bases y Convocatoria para proveer una plaza de auxiliar de enfermería/geriatría.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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El Tribunal podrá disponer la incorporación a su labor en el proceso selectivo de asesores
especialistas, en aquellas pruebas que consideren necesario y/o para aquellos aspectos
concretos del proceso selectivo debido a la especialización técnica del trabajo a realizar. Su
función se circunscribe a un mero asesoramiento, es decir actúan con voz, pero sin voto, no
participan en la toma de decisiones del Tribunal. Los asesores deberán guardar sigilo y
confidencialidad acerca de los datos y asuntos sobre los que tengan conocimiento a
consecuencia de su colaboración en el Tribunal.
El Tribunal podrá designar personal colaborador para el desarrollo de las pruebas, que actuará
bajo su dirección, cuando la complejidad del proceso selectivo lo aconseje.
La abstención y recusación de los miembros del Tribunal será de conformidad con los artículos
23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Los miembros del Tribunal son personalmente responsables del estricto cumplimento de las
bases de la convocatoria, de la sujeción a los plazos establecidos para la realización y
valoración de las pruebas y para la publicación de los resultados. Las dudas o reclamaciones
que puedan originarse con la interpretación de la aplicación de las bases de la presente
convocatoria, así como lo que deba hacerse en los casos no previstos, serán resueltas por el
Tribunal, por mayoría.
SÉPTIMA. Sistemas de Selección y Desarrollo de los Procesos
PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN: OPOSICIÓN:
La fase de oposición consistirá en la realización de dos pruebas de capacidad y aptitud
eliminatorias y obligatorias para los aspirantes.
Los aspirantes serán convocados en llamamiento único, siendo excluidos de la oposición
quienes no comparezcan, salvo causa de fuerza mayor debidamente acreditada y libremente
apreciada por el Tribunal.
Los candidatos deberán acudir provistos del DNI o, en su defecto, pasaporte o carné de
conducir. En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los opositores para que acrediten
su personalidad.
El ejercicio de las pruebas será obligatorio y eliminatorio. La puntuación de la prueba práctica
se hallará, calculando la media aritmética de las puntuaciones otorgadas por cada uno de los
miembros del Tribunal.
CVE:
BOP-2025-663
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 12 de febrero de 2025
N.º 0029
Pág. 3141
especialistas, en aquellas pruebas que consideren necesario y/o para aquellos aspectos
concretos del proceso selectivo debido a la especialización técnica del trabajo a realizar. Su
función se circunscribe a un mero asesoramiento, es decir actúan con voz, pero sin voto, no
participan en la toma de decisiones del Tribunal. Los asesores deberán guardar sigilo y
confidencialidad acerca de los datos y asuntos sobre los que tengan conocimiento a
consecuencia de su colaboración en el Tribunal.
El Tribunal podrá designar personal colaborador para el desarrollo de las pruebas, que actuará
bajo su dirección, cuando la complejidad del proceso selectivo lo aconseje.
La abstención y recusación de los miembros del Tribunal será de conformidad con los artículos
23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Los miembros del Tribunal son personalmente responsables del estricto cumplimento de las
bases de la convocatoria, de la sujeción a los plazos establecidos para la realización y
valoración de las pruebas y para la publicación de los resultados. Las dudas o reclamaciones
que puedan originarse con la interpretación de la aplicación de las bases de la presente
convocatoria, así como lo que deba hacerse en los casos no previstos, serán resueltas por el
Tribunal, por mayoría.
SÉPTIMA. Sistemas de Selección y Desarrollo de los Procesos
PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN: OPOSICIÓN:
La fase de oposición consistirá en la realización de dos pruebas de capacidad y aptitud
eliminatorias y obligatorias para los aspirantes.
Los aspirantes serán convocados en llamamiento único, siendo excluidos de la oposición
quienes no comparezcan, salvo causa de fuerza mayor debidamente acreditada y libremente
apreciada por el Tribunal.
Los candidatos deberán acudir provistos del DNI o, en su defecto, pasaporte o carné de
conducir. En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los opositores para que acrediten
su personalidad.
El ejercicio de las pruebas será obligatorio y eliminatorio. La puntuación de la prueba práctica
se hallará, calculando la media aritmética de las puntuaciones otorgadas por cada uno de los
miembros del Tribunal.
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