Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Romangordo. (BOP-2025-652)
BOP-2025-652 Aprobación Plan Estratégico Subvenciones 2025-2027.
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AYUNTAMIENTO DE ROMANGORDO (CÁCERES)
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+Crédito presupuestario al que se imputa el gasto y cuantía de la subvención
individualizada, en su caso, para cada beneficiario, si fuesen varios.
+Compatibilidad o incompatibilidad con otras subvenciones, ayudas, ingresos o
recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administración, o entes
públicos o privados.
+Plazos o modos de pago de la subvención, posibilidad de efectuar pagos
anticipados y abonos a cuenta, así como el régimen de garantías que, en su caso, deberán
aportar los/as beneficiarios/as.
+Plazo y forma de justificación por parte del beneficiario del cumplimiento de la
finalidad para la que se concedió la subvención y de la aplicación de los fondos percibidos
+Subvenciones cuya concesión directa venga establecida por una norma con rango
legal, que seguirán el procedimiento de concesión que les resulte de aplicación de acuerdo
con la propia normativa.
+Subvenciones justificadas por razón de interés público, social, económico o
humanitario u otras para las que quede debidamente acreditada la dificultad de su
convocatoria pública.
CAPÍTULO IV.- EFECTOS, PLAZOS, COSTES PREVISIBLES Y FINANCIACIÓN
DEL PLAN.
IV.1.- Efectos del Plan.
Este Plan Estratégico pretende desarrollar una serie de actividades que permitan dar
a los diferentes sectores sociales del municipio la posibilidad de desarrollar proyectos que
les conduzcan a la satisfacción de necesidades de todo tipo, tanto sociales, culturales, de
ocio, etc. Asimismo, se deberán tener en cuenta acciones tendentes al fomento de cualquier
actividad de interés general.
La aprobación del Plan Estratégico no supone la generación de derecho alguno a
favor de potenciales beneficiarios, que no podrán exigir indemnización o compensación
alguna en caso de que el plan no se lleve a la práctica en sus propios términos.
IV.2.- Plazos.
El plazo de desarrollo de las subvenciones será el que se establezca en las bases de
la convocatoria, en el acuerdo de concesión, en su caso, en el correspondiente convenio, o
en el documento que proceda.
IV.3.- Costes previsibles.
El establecimiento efectivo de las subvenciones previstas en este Plan requerirá la
inclusión de las consignaciones correspondientes en los Presupuestos Municipales de cada
año y la aprobación, en su caso, de las bases reguladoras de su concesión, en caso de
concurrencia.
Toda concesión de subvenciones queda supeditada al cumplimiento del principio de
estabilidad presupuestaria y de la regla de gasto.
No podrán otorgarse subvenciones por cuantía superior a la que se determine.
Asimismo, y en todo caso, los créditos presupuestarios tienen carácter limitativo y
vinculante, por lo que no podrán adquirirse compromiso de gasto superiores a su importe.
Cód.
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96EJJ4CXHA7MCJ6PPXRPAK97D
Verificación:
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Martes, 11 de febrero de 2025
N.º 0028
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