Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2025-641)
BOP-2025-641 Modificación plazo de ejecución y justificación Plan Activa Obras 2021-2022.
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Vistas las normas reguladoras del desarrollo y concreción de requisitos de ejecución y
justificación de las actuaciones incluidas en el plan, aprobadas por resolución presidencial de
fecha 29 de enero de 2021, modificadas posteriormente por resoluciones presidenciales de
fechas 23/05/2023 y 26/12/2023.
Considerando que en el punto sexto de las referidas normas reguladoras figuraba inicialmente
como día máximo del plazo de ejecución de las actividades a realizar por los Ayuntamientos
que así lo hubieran solicitado, el 31 de octubre de 2023, y como plazo máximo de justificación,
el día 31 de diciembre de 2023 y que dichos plazos fueron modificados por resoluciones
presidenciales de fechas 23 de mayo de 2023 y 26 de diciembre de 2023, quedando
establecidos los nuevos plazos de ejecución y justificación de las obras como sigue:
La ejecución de la inversión deberá estar finalizada y recepcionada antes del 31 de
octubre de 2025.
La justificación del gasto deberá tener lugar con anterioridad al 31 de diciembre de
2025.
Teniendo en cuenta que debido a la dificultad de la obtención de suministros, así como a la
subida de los precios de los materiales y a la escasez de mano de obra en oficios propios de la
construcción, los Ayuntamientos de la provincia encuentran en la actualidad graves dificultades
en el cumplimiento de los plazos previstos en las normas reguladoras y dado que dichas
circunstancias no son imputables en ningún caso a los propios Ayuntamientos.
Considerando además que estas circunstancias han provocado un perjuicio significativo en el
desarrollo de la actividad económica y en la iniciativa pública y privada y que han sido
imprevisibles para cualquier Administración diligente.
Considerando igualmente que en el presente caso no existe precepto en contrario que impida
la modificación de los plazos por causas de fuerza mayor, ajenas a esta Diputación Provincial y
a los propios Ayuntamientos afectados.
Teniendo en cuenta que el acuerdo plenario de aprobación del desarrollo del PLAN ACTIVA
OBRAS 2021-2022 dispone en su punto cuarto la delegación a favor de la Presidencia de esta
Diputación de las facultades para dictar cuantos actos y resoluciones sean precisos para llevar
a cabo el desarrollo del plan, delegando expresamente la aprobación de las modificaciones que
pudieran surgir.
CVE:
BOP-2025-641
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 11 de febrero de 2025
N.º 0028
Pág. 2971
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Vistas las normas reguladoras del desarrollo y concreción de requisitos de ejecución y
justificación de las actuaciones incluidas en el plan, aprobadas por resolución presidencial de
fecha 29 de enero de 2021, modificadas posteriormente por resoluciones presidenciales de
fechas 23/05/2023 y 26/12/2023.
Considerando que en el punto sexto de las referidas normas reguladoras figuraba inicialmente
como día máximo del plazo de ejecución de las actividades a realizar por los Ayuntamientos
que así lo hubieran solicitado, el 31 de octubre de 2023, y como plazo máximo de justificación,
el día 31 de diciembre de 2023 y que dichos plazos fueron modificados por resoluciones
presidenciales de fechas 23 de mayo de 2023 y 26 de diciembre de 2023, quedando
establecidos los nuevos plazos de ejecución y justificación de las obras como sigue:
La ejecución de la inversión deberá estar finalizada y recepcionada antes del 31 de
octubre de 2025.
La justificación del gasto deberá tener lugar con anterioridad al 31 de diciembre de
2025.
Teniendo en cuenta que debido a la dificultad de la obtención de suministros, así como a la
subida de los precios de los materiales y a la escasez de mano de obra en oficios propios de la
construcción, los Ayuntamientos de la provincia encuentran en la actualidad graves dificultades
en el cumplimiento de los plazos previstos en las normas reguladoras y dado que dichas
circunstancias no son imputables en ningún caso a los propios Ayuntamientos.
Considerando además que estas circunstancias han provocado un perjuicio significativo en el
desarrollo de la actividad económica y en la iniciativa pública y privada y que han sido
imprevisibles para cualquier Administración diligente.
Considerando igualmente que en el presente caso no existe precepto en contrario que impida
la modificación de los plazos por causas de fuerza mayor, ajenas a esta Diputación Provincial y
a los propios Ayuntamientos afectados.
Teniendo en cuenta que el acuerdo plenario de aprobación del desarrollo del PLAN ACTIVA
OBRAS 2021-2022 dispone en su punto cuarto la delegación a favor de la Presidencia de esta
Diputación de las facultades para dictar cuantos actos y resoluciones sean precisos para llevar
a cabo el desarrollo del plan, delegando expresamente la aprobación de las modificaciones que
pudieran surgir.
CVE:
BOP-2025-641
Verificable
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http://bop.dip-caceres.es
Martes, 11 de febrero de 2025
N.º 0028
Pág. 2971