Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2025-619)
BOP-2025-619 Fondo Financiero Extraordinario de Anticipos Reintegrables 2025.
24 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Página 1
CONVOCATORIA Y BASES POR LAS QUE SE REGULA LA CREACIÓN Y
GESTIÓN DE UN FONDO FINANCIERO EXTRAORDINARIO DE ANTICIPOS
REINTEGRABLES A FAVOR DE
ENTIDADES LOCALES DE LA PROVINCIA DE CÁCERES
1ª Convocatoria 2025
PREÁMBULO
La Diputación provincial de Cáceres en el marco de competencias que le corresponden,
desarrolla su actividad con la finalidad de mejorar la calidad de vida de la ciudadanía y avanzar
en el incremento de los servicios que ofrece a las entidades locales, considerando de
importancia fundamental dirigir principalmente sus recursos disponibles a las entidades locales
de la provincia, aliviando su situación financiera.
La Diputación, dentro del ámbito de las competencias que le atribuye el artículo 36 de la Ley
7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y de conformidad con el
presupuesto aprobado por acuerdo de pleno extraordinario de fecha 13 de noviembre de 2024
y publicado en el BOP de Cáceres n.º 0240 de fecha 13 de diciembre de 2024, consciente de su
responsabilidad en la asistencia económica a las entidades locales de la provincia de Cáceres,
estima conveniente la convocatoria en régimen de concurrencia competitiva, para la creación y
gestión de un fondo financiero extraordinario de anticipos reintegrables, concediendo especial
relevancia a aquellas entidades que, con una población de menos de veinte mil habitantes, se
enfrentan a una mayor complejidad económica y técnica en el desarrollo de sus competencias.
Todo ello con arreglo a los principios de publicidad, transparencia, libre concurrencia,
objetividad, igualdad y no discriminación, eficacia en el cumplimiento de los objetivos fijados
y eficiencia en la asignación y uso de los recursos públicos.
Así, la Diputación provincial de Cáceres, con la fiel voluntad de asistir a las entidades locales
de la provincia, ya creó en ejercicios anteriores un Fondo de Anticipos Reintegrables para éstas,
destinado a facilitar a las Entidades Locales recursos financieros suficientes para acometer
inversiones, refinanciar sus operaciones de crédito, hacer frente a deuda con otras Instituciones
o aliviar sus tensiones de tesorería, entre otras actuaciones, sin necesidad de recurrir a los
servicios de las entidades financieras, con el consiguiente ahorro que para sus Haciendas
Locales supone, pues su concesión y utilización no conlleva ningún coste financiero.
A la vista de su aceptación, mínimo coste y utilidad económica, la Diputación Provincial de
Cáceres, vuelve a poner a disposición de las Entidades Locales de su Provincia, un Fondo
Financiero de Anticipos Reintegrables en el presente ejercicio 2025.
La experiencia de los ejercicios anteriores y el deseo de mejorar los servicios que se dan a las
Entidades Locales, conlleva la adaptación de las Bases a las demandas y necesidades expresadas
y evidenciadas en nuestros entes locales. Todo ello, unido a la tramitación telemática de esta
Convocatoria que ya se utilizó para los ejercicios precedentes.
Conviene también especificar quiénes son los sujetos que pueden ser beneficiarios de este
Fondo Financiero. En este sentido, podrán percibir este Fondo, las Entidades Locales de la
provincia que, a efecto de estas Bases, se considerarán los Ayuntamientos con población de
derecho inferior a 20.000 habitantes, Mancomunidades y Entidades Locales Menores.
CVE:
BOP-2025-619
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 10 de febrero de 2025
N.º 0027
Pág. 2887
CONVOCATORIA Y BASES POR LAS QUE SE REGULA LA CREACIÓN Y
GESTIÓN DE UN FONDO FINANCIERO EXTRAORDINARIO DE ANTICIPOS
REINTEGRABLES A FAVOR DE
ENTIDADES LOCALES DE LA PROVINCIA DE CÁCERES
1ª Convocatoria 2025
PREÁMBULO
La Diputación provincial de Cáceres en el marco de competencias que le corresponden,
desarrolla su actividad con la finalidad de mejorar la calidad de vida de la ciudadanía y avanzar
en el incremento de los servicios que ofrece a las entidades locales, considerando de
importancia fundamental dirigir principalmente sus recursos disponibles a las entidades locales
de la provincia, aliviando su situación financiera.
La Diputación, dentro del ámbito de las competencias que le atribuye el artículo 36 de la Ley
7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y de conformidad con el
presupuesto aprobado por acuerdo de pleno extraordinario de fecha 13 de noviembre de 2024
y publicado en el BOP de Cáceres n.º 0240 de fecha 13 de diciembre de 2024, consciente de su
responsabilidad en la asistencia económica a las entidades locales de la provincia de Cáceres,
estima conveniente la convocatoria en régimen de concurrencia competitiva, para la creación y
gestión de un fondo financiero extraordinario de anticipos reintegrables, concediendo especial
relevancia a aquellas entidades que, con una población de menos de veinte mil habitantes, se
enfrentan a una mayor complejidad económica y técnica en el desarrollo de sus competencias.
Todo ello con arreglo a los principios de publicidad, transparencia, libre concurrencia,
objetividad, igualdad y no discriminación, eficacia en el cumplimiento de los objetivos fijados
y eficiencia en la asignación y uso de los recursos públicos.
Así, la Diputación provincial de Cáceres, con la fiel voluntad de asistir a las entidades locales
de la provincia, ya creó en ejercicios anteriores un Fondo de Anticipos Reintegrables para éstas,
destinado a facilitar a las Entidades Locales recursos financieros suficientes para acometer
inversiones, refinanciar sus operaciones de crédito, hacer frente a deuda con otras Instituciones
o aliviar sus tensiones de tesorería, entre otras actuaciones, sin necesidad de recurrir a los
servicios de las entidades financieras, con el consiguiente ahorro que para sus Haciendas
Locales supone, pues su concesión y utilización no conlleva ningún coste financiero.
A la vista de su aceptación, mínimo coste y utilidad económica, la Diputación Provincial de
Cáceres, vuelve a poner a disposición de las Entidades Locales de su Provincia, un Fondo
Financiero de Anticipos Reintegrables en el presente ejercicio 2025.
La experiencia de los ejercicios anteriores y el deseo de mejorar los servicios que se dan a las
Entidades Locales, conlleva la adaptación de las Bases a las demandas y necesidades expresadas
y evidenciadas en nuestros entes locales. Todo ello, unido a la tramitación telemática de esta
Convocatoria que ya se utilizó para los ejercicios precedentes.
Conviene también especificar quiénes son los sujetos que pueden ser beneficiarios de este
Fondo Financiero. En este sentido, podrán percibir este Fondo, las Entidades Locales de la
provincia que, a efecto de estas Bases, se considerarán los Ayuntamientos con población de
derecho inferior a 20.000 habitantes, Mancomunidades y Entidades Locales Menores.
CVE:
BOP-2025-619
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 10 de febrero de 2025
N.º 0027
Pág. 2887