Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alcuéscar. (BOP-2025-582)
BOP-2025-582 Resolución de alegaciones y aprobación definitiva modificación Ordenanza.
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4. Notificar a la parte alegante, mediante cualquier medio apto en derecho, el contenido del
presente acuerdo integro, haciéndoles saber que contra la aprobación definitiva de la
modificación de la ordenanza cabe interponer Recurso Contencioso-Administrativo ante el
Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el término de dos meses desde el siguiente al
de su publicación.
5. Facultar a la Alcaldía para suscribir y firmar toda clase de documentos y, en general, para
todo lo relacionado con este asunto.
Alcuéscar, 4 de febrero de 2025
Dionisio Vasco Juez
ALCALDE - PRESIDENTE
CVE:
BOP-2025-582
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 7 de febrero de 2025
N.º 0026
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