Sección I - Administración Local. Provincia. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria de Cáceres. (BOP-2025-578)
BOP-2025-578 Convenio de delegación de gestión tributaria y recaudatoria con el Ayuntamiento de Tejeda de Tiétar.
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- Tasa de Agua.
- Tasa de Basura.
- Tasa de Alcantarillado.
- Tasa del servicio de Saneamiento en alta y depuración de Aguas residuales.
- Tasa por Entrada de vehículos a través de las aceras.
II) Recaudación en periodo voluntario y ejecutivo:
- Impuesto sobre Bienes Inmuebles.
- Impuesto sobre Actividades Económicas.
- Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica.
- Tasa de Agua.
- Tasa de Basura.
- Tasa de Alcantarillado.
- Tasa del servicio de Saneamiento en alta y depuración de Aguas residuales.
- Tasa por Entrada de vehículos a través de las aceras.
III) Recaudación en periodo ejecutivo:
- El resto de Tributos (Tasas, Contribuciones especiales e Impuestos, recargos exigibles
sobre los impuestos), Precios Públicos, Multas y Sanciones y demás ingresos de
Derecho Público que deba percibir el Ayuntamiento.
Asimismo, si en el apartado I del párrafo anterior se ha delegado la Gestión Tributaria y
Recaudación del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica, se encomienda también en
el O.A.R.G.T. la Gestión Censal del mismo.
SEGUNDA. CONTABILIDAD.
El O.A.R.G.T. habrá de llevar contabilidad separada, con distinción de concepto, ejercicio y año
de contraído de los créditos, tanto en periodo voluntario como en periodo ejecutivo de
cobranza, para el Ayuntamiento.
CVE:
BOP-2025-578
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 7 de febrero de 2025
N.º 0026
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