Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Hervás. (BOP-2025-526)
BOP-2025-526 Bases para la constitución de una bolsa de trabajo para posibles sustituciones de Técnico/a de Educación Infantil.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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electrónica del Ayuntamiento, donde deberá permanecer actualizada.
Las personas candidatas, cuando sean requeridas para su contratación, aportarán ante el
Ayuntamiento la siguiente documentación:
Declaración responsable de no haber sido separada mediante expediente disciplinario
del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio
de funciones públicas.
Declaración responsable de no desempeñar puesto de trabajo retribuido en cualquier
Administración Pública, ni actividad privada sujeta a reconocimiento de compatibilidad,
conforme la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al
Servicio de las Administraciones Públicas.
Las propuestas de contratación serán adoptadas por el órgano competente a favor de las
aspirantes según el orden de prelación. Si la persona aspirante al que le correspondiese el
nombramiento no fuera nombrada, bien por desistimiento o por no reunir los requisitos
exigidos, se convocara al siguiente candidato que hubiera superado el proceso de selección.
Asimismo, se informará a los aspirantes acerca del tratamiento de sus datos personales y del
compromiso de confidencialidad con ocasión de la relación que se entabla con el
Ayuntamiento.
UNDÉCIMA. Funcionamiento de la Bolsa de Trabajo.
Las personas integrantes de las Bolsas de Trabajo, ocuparan el puesto de la lista que le
corresponda, atendiendo a la puntuación obtenida en el proceso selectivo utilizado para su
constitución, debiendo aparecer, junto al número del puesto ocupado, la puntuación que
ostenta dentro del listado.
Todas las personas que superen el proceso de selección serán incluidas en una bolsa de
trabajo para las futuras contrataciones que resulten necesarias a fin de cubrir vacantes
temporalmente, y serán llamadas siguiendo el orden establecido en el listado correspondiente.
El funcionamiento de la Bolsa de Trabajo se ajustará a los principios de igualdad de
oportunidades y principio de no discriminación.
El orden de llamamiento de los aspirantes inscritos en la bolsa en este Ayuntamiento será por:
Sistema rotativo.
El llamamiento a los candidatos se efectuará por orden de prelación (de mayor a menor) y de
CVE:
BOP-2025-526
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 5 de febrero de 2025
N.º 0024
Pág. 2534
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electrónica del Ayuntamiento, donde deberá permanecer actualizada.
Las personas candidatas, cuando sean requeridas para su contratación, aportarán ante el
Ayuntamiento la siguiente documentación:
Declaración responsable de no haber sido separada mediante expediente disciplinario
del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio
de funciones públicas.
Declaración responsable de no desempeñar puesto de trabajo retribuido en cualquier
Administración Pública, ni actividad privada sujeta a reconocimiento de compatibilidad,
conforme la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al
Servicio de las Administraciones Públicas.
Las propuestas de contratación serán adoptadas por el órgano competente a favor de las
aspirantes según el orden de prelación. Si la persona aspirante al que le correspondiese el
nombramiento no fuera nombrada, bien por desistimiento o por no reunir los requisitos
exigidos, se convocara al siguiente candidato que hubiera superado el proceso de selección.
Asimismo, se informará a los aspirantes acerca del tratamiento de sus datos personales y del
compromiso de confidencialidad con ocasión de la relación que se entabla con el
Ayuntamiento.
UNDÉCIMA. Funcionamiento de la Bolsa de Trabajo.
Las personas integrantes de las Bolsas de Trabajo, ocuparan el puesto de la lista que le
corresponda, atendiendo a la puntuación obtenida en el proceso selectivo utilizado para su
constitución, debiendo aparecer, junto al número del puesto ocupado, la puntuación que
ostenta dentro del listado.
Todas las personas que superen el proceso de selección serán incluidas en una bolsa de
trabajo para las futuras contrataciones que resulten necesarias a fin de cubrir vacantes
temporalmente, y serán llamadas siguiendo el orden establecido en el listado correspondiente.
El funcionamiento de la Bolsa de Trabajo se ajustará a los principios de igualdad de
oportunidades y principio de no discriminación.
El orden de llamamiento de los aspirantes inscritos en la bolsa en este Ayuntamiento será por:
Sistema rotativo.
El llamamiento a los candidatos se efectuará por orden de prelación (de mayor a menor) y de
CVE:
BOP-2025-526
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 5 de febrero de 2025
N.º 0024
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