Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Plasencia. (BOP-2025-503)
BOP-2025-503 Aprobación definitiva del Plan de Ordenación de los Recursos Humanos del Excmo. Ayuntamiento.
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Resulta necesario llegar a un marco de acción, para la elaboración, aprobación y publicación
en los respectivos diarios oficiales de las convocatorias de las ofertas de empleo público, que
permiten aumentar la estabilidad en el empleo público en esta Administración.
El Ayuntamiento ha convocado los procesos de estabilización previstos en el artículo 2 y
disposición adicional sexta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de Medidas Urgentes para
la Reducción de la Temporalidad en el Empleo Público.
Igualmente el Ayuntamiento adoptará las medidas necesarias para continuar con dicho proceso
de estabilización, especialmente en lo referente a las plazas ocupadas de forma interina, cuyos
nombramientos se han producido en el periodo comprendido entre el año 2018 y 2023.
Estabilizaciones que tienen cabida legal tanto en la propia Ley 20/2021, de 28 de diciembre,
como en la actual Ley de Presupuestos Generales del Estado, Ley 31/2022, de 23 de
diciembre, prorrogada para el ejercicio 2024, que permite a las Administraciones Públicas,
autorizar extraordinariamente, tasas específicas para reducir la temporalidad. Para lo que se
puede acordar con la representación sindicales un cronograma de actuaciones plurianual.
Igualmente, hay que dar cumplimiento inmediato de los procesos de estabilización de las
plazas cubiertas interinamente a partir de la entrada en vigor de la Ley 20/2021, cuyo plazo de
cobertura es de 3 años desde el nombramiento, so pena del fin de la relación laboral.
V. VIGENCIA
El plan entrará en vigor una vez se publique en el “Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres”,
resultando de aplicación a partir del 1 de enero de 2025 y tendrá vigencia hasta su derogación
sin perjuicio de las modificaciones que puedan acordarse, a través del oportuno procedimiento.
El plan tendrá una vigencia desde el 1 de enero del 2025 y durante cuatro años, hasta el 1 de
enero de 2029, pudiendo prorrogarse por períodos anuales.
VI. GESTIÓN Y EJECUCIÓN
Corresponde al titular de la concejalía competente en materia de Recursos Humanos, adoptar
cuantas medidas estime convenientes para el desarrollo y ejecución de este plan, y cuantas
cuestiones surjan en la interpretación y cumplimiento del mismo.
VII. SEGUIMIENTO
El seguimiento del presente Plan se realizará por la Mesa General de Negociación del
Ayuntamiento de Plasencia, reuniéndose al menos una vez al año, fijando la fecha de reunión
dentro del primer trimestre.
CVE:
BOP-2025-503
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 4 de febrero de 2025
N.º 0023
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