Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Piedras Albas. (BOP-2025-470)
BOP-2025-470 Aprobación definitiva Presupuesto ejercicio 2025.
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- Indemnización por dietas y gastos de viajes:
Por desplazamiento: 0,26 €/km, si es en vehículo particular.
Por gastos de manutención: 28,21 €.
Por gastos de alojamiento: 48,92 €.
Por gastos de manutención y alojamiento: 77,13 €.
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 171.1 del Texto Refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5
de marzo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el plazo de
dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el
artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Texto Refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5
de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o
Acuerdo impugnado.
Piedras Albas, 28 de enero de 2025
Alberto Ortega Villarroel
ALCALDE - PRESIDENTE
CVE:
BOP-2025-470
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 31 de enero de 2025
N.º 0021
Pág. 2249
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- Indemnización por dietas y gastos de viajes:
Por desplazamiento: 0,26 €/km, si es en vehículo particular.
Por gastos de manutención: 28,21 €.
Por gastos de alojamiento: 48,92 €.
Por gastos de manutención y alojamiento: 77,13 €.
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 171.1 del Texto Refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5
de marzo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el plazo de
dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el
artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Texto Refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5
de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o
Acuerdo impugnado.
Piedras Albas, 28 de enero de 2025
Alberto Ortega Villarroel
ALCALDE - PRESIDENTE
CVE:
BOP-2025-470
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 31 de enero de 2025
N.º 0021
Pág. 2249