Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Jaraíz de la Vera. (BOP-2025-271)
BOP-2025-271 Bases para la provisión, por el turno libre, mediante el sistema de oposición, de una plaza de funcionario/a de carrera del Excmo. Ayuntamiento de Jaraíz de la Vera, de Administrativo/a. OEP 2022. Nueva convocatoria.
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a lo dispuesto en el apartado 1.b) de la presente base.
5. Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentaren la
documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos
señalados en la base segunda, no podrán ser contratados, quedando anuladas sus
actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad
en su solicitud de participación.
Décima. Nombramiento como funcionario/a de carrera.
Terminado el plazo de presentación de documentos la Alcaldía-Presidencia procederá al
nombramiento de los/as aspirantes que hayan superado la fase de oposición y que, habiendo
aportado los documentos requeridos, reúnan los requisitos exigidos para acceder a las nuevas
plazas.
En el supuesto de que el/la aspirante inicialmente propuesto no reuniera los requisitos exigidos
o renunciara a la plaza, la Alcaldía declarará aprobado al siguiente aspirante de la lista de
puntuaciones finales confeccionada por el tribunal y procederá a requerirle la documentación
antes señalada.
Undécima Toma de posesión.
Los/las aspirantes nombrados/as deberán tomar posesión de su cargo en el plazo de 30 días
hábiles, contados desde el siguiente al de la notificación del nombramiento definitivo.
Para la toma de posesión, el/la interesado/a comparecerá en la fecha y hora que se señale.
Quien, sin causa justificada no tomara posesión dentro del plazo señalado, quedará en la
situación de cesante, con pérdida de todos los derechos derivados de la convocatoria y del
subsiguiente nombramiento conferido.
Decimosegunda. Incompatibilidades.
Los/as aspirantes propuestos quedarán sujetos, en su caso, al cumplimiento de las
prescripciones contenidas en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, sobre Incompatibilidades del
Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, y demás normativa aplicable.
Decimotercera. Bolsa de Trabajo.
Se constituirá una Bolsa de Trabajo formada por aquellos/as aspirantes que sin haber
superado el proceso de selección, hayan aprobado al menos el primer ejercicio de la fase de
CVE:
BOP-2025-271
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 22 de enero de 2025
N.º 0014
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