Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Jaraíz de la Vera. (BOP-2025-271)
BOP-2025-271 Bases para la provisión, por el turno libre, mediante el sistema de oposición, de una plaza de funcionario/a de carrera del Excmo. Ayuntamiento de Jaraíz de la Vera, de Administrativo/a. OEP 2022. Nueva convocatoria.
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Novena. Presentación de documentos.
1. En el plazo de 10 días hábiles contados a partir del siguiente al de publicación de la relación
definitiva de aprobados/as en la página https://jaraizdelavera.sedelectronica.es los/as
aspirantes propuestos por el Tribunal deberán presentar en la Secretaria del Ayuntamiento,
para su cotejo con las copias presentadas, los siguientes documentos originales acreditativos
de las condiciones de capacidad y demás requisitos exigidos en la convocatoria:
a) Documento Nacional de Identidad.
b) Titulaciones académicas o resguardo acreditativo de haber abonado los derechos
para la expedición de dicho título, así como fotocopia de cualquier otro título o permiso
exigido en la convocatoria.
c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado/a mediante expediente
disciplinario del servicio en ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado/a
para el ejercicio de funciones públicas, o de no estar sometido/a a sanción disciplinaria o
condena penal que impida en su Estado el acceso a la función pública para los/as
aspirantes que no posean la nacionalidad española, según el modelo que figura como
ANEXO III a estas Bases.
d) Documentación acreditativa, en su caso, de la exención para el abono de la tasa por
derechos de examen prevista en la Base 3.3.
Los/as aspirantes extranjeros/as que sean nacionales de la Unión Europea, y las personas
incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión
Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de
trabajadores/as, y que residan en España, deberán presentar documento de identidad o
pasaporte y de la tarjeta de residente comunitario o de familiar de residente comunitario en
vigor o, en su caso, de la tarjeta temporal de residente comunitario o de trabajador/a
comunitario/a fronterizo en vigor.
Los/as aspirantes extranjeros/as que sean nacionales de la Unión Europea, y las personas
incluidas en el ámbito de aplicación de los tratados internacionales celebrados por la Unión
Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de
trabajadores/as, y que no residan en España, bien por residir en el extranjero o por encontrarse
en España en régimen de estancia, deberán presentar documento de identidad o pasaporte y
del resguardo de haber solicitado la tarjeta de residencia comunitaria.
Los familiares de nacionales de la Unión Europea deberán presentar el pasaporte, el visado y,
CVE:
BOP-2025-271
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 22 de enero de 2025
N.º 0014
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1. En el plazo de 10 días hábiles contados a partir del siguiente al de publicación de la relación
definitiva de aprobados/as en la página https://jaraizdelavera.sedelectronica.es los/as
aspirantes propuestos por el Tribunal deberán presentar en la Secretaria del Ayuntamiento,
para su cotejo con las copias presentadas, los siguientes documentos originales acreditativos
de las condiciones de capacidad y demás requisitos exigidos en la convocatoria:
a) Documento Nacional de Identidad.
b) Titulaciones académicas o resguardo acreditativo de haber abonado los derechos
para la expedición de dicho título, así como fotocopia de cualquier otro título o permiso
exigido en la convocatoria.
c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado/a mediante expediente
disciplinario del servicio en ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado/a
para el ejercicio de funciones públicas, o de no estar sometido/a a sanción disciplinaria o
condena penal que impida en su Estado el acceso a la función pública para los/as
aspirantes que no posean la nacionalidad española, según el modelo que figura como
ANEXO III a estas Bases.
d) Documentación acreditativa, en su caso, de la exención para el abono de la tasa por
derechos de examen prevista en la Base 3.3.
Los/as aspirantes extranjeros/as que sean nacionales de la Unión Europea, y las personas
incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión
Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de
trabajadores/as, y que residan en España, deberán presentar documento de identidad o
pasaporte y de la tarjeta de residente comunitario o de familiar de residente comunitario en
vigor o, en su caso, de la tarjeta temporal de residente comunitario o de trabajador/a
comunitario/a fronterizo en vigor.
Los/as aspirantes extranjeros/as que sean nacionales de la Unión Europea, y las personas
incluidas en el ámbito de aplicación de los tratados internacionales celebrados por la Unión
Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de
trabajadores/as, y que no residan en España, bien por residir en el extranjero o por encontrarse
en España en régimen de estancia, deberán presentar documento de identidad o pasaporte y
del resguardo de haber solicitado la tarjeta de residencia comunitaria.
Los familiares de nacionales de la Unión Europea deberán presentar el pasaporte, el visado y,
CVE:
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Verificable
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Miércoles, 22 de enero de 2025
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