Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Trujillo. (BOP-2025-257)
BOP-2025-257 Aprobación definitiva Reglamento Regulador de los Presupuestos Participativos.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Artículo 12. Informes técnicos previos.
Los servicios técnicos, económicos y jurídicos realizarán un informe técnico previo, si así se
requiriese por parte de la Alcaldía, al tiempo que podrán incorporar sugerencias de carácter
técnico.
Artículo 13. Evaluación y análisis de viabilidad por la Comisión de Presupuestos Participativos.
La Comisión de Presupuestos participativos será la encargada de verificar la viabilidad técnica
y económica de las propuestas. Cualquier miembro de la Comisión podrá presentar
sugerencias a los proyectos presentados con el fin de mejorar los impactos positivos del
proyecto.
La Comisión dispondrá de un plazo, que se determinará en cada convocatoria, para aprobar la
lista definitiva de proyectos y elevar aquellos que vayan a ser sometidos a votación popular.
Únicamente podrán formar parte de la lista aquellos proyectos que cuenten con informe
favorable por parte de los técnicos municipales, si así hubiera sido requerido. Esa lista se
elevará a la Alcaldía, que la aprobará de forma definitiva.
Artículo 14. Difusión y publicidad.
El día indicado en cada una de las convocatorias se abrirá la fase de difusión y publicidad de
las propuestas a través de la página web municipal http://www.trujillo.es y Portal de
Transparencia de la sede electrónica en el apartado de los Presupuestos participativos, así
como mediante los medios de comunicación y redes sociales municipales, y por todos aquellos
medios que el Ayuntamiento considere oportunos y convenientes.
Artículo 15. Votación de propuestas.
La votación se realizará a través de la página web del Ayuntamiento con un formulario de
votación, garantizando en todo caso la publicidad y transparencia del proceso.
El calendario de votación se determinará en cada convocatoria.
Tras el cierre de la votación, se procederá al recuento de los votos y se proclamará cuáles han
sido los proyectos más apoyados por la ciudadanía, y que serán acometidos por el
Ayuntamiento de Trujillo con cargo a los presupuestos municipales del ejercicio
correspondiente.
Los proyectos serán elegidos por orden de prioridad según el número de votos recibidos
ejecutándose únicamente la opción más votada. Sin embargo, podrá ejecutarse la segunda
CVE:
BOP-2025-257
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 21 de enero de 2025
N.º 0013
Pág. 1406
Los servicios técnicos, económicos y jurídicos realizarán un informe técnico previo, si así se
requiriese por parte de la Alcaldía, al tiempo que podrán incorporar sugerencias de carácter
técnico.
Artículo 13. Evaluación y análisis de viabilidad por la Comisión de Presupuestos Participativos.
La Comisión de Presupuestos participativos será la encargada de verificar la viabilidad técnica
y económica de las propuestas. Cualquier miembro de la Comisión podrá presentar
sugerencias a los proyectos presentados con el fin de mejorar los impactos positivos del
proyecto.
La Comisión dispondrá de un plazo, que se determinará en cada convocatoria, para aprobar la
lista definitiva de proyectos y elevar aquellos que vayan a ser sometidos a votación popular.
Únicamente podrán formar parte de la lista aquellos proyectos que cuenten con informe
favorable por parte de los técnicos municipales, si así hubiera sido requerido. Esa lista se
elevará a la Alcaldía, que la aprobará de forma definitiva.
Artículo 14. Difusión y publicidad.
El día indicado en cada una de las convocatorias se abrirá la fase de difusión y publicidad de
las propuestas a través de la página web municipal http://www.trujillo.es y Portal de
Transparencia de la sede electrónica en el apartado de los Presupuestos participativos, así
como mediante los medios de comunicación y redes sociales municipales, y por todos aquellos
medios que el Ayuntamiento considere oportunos y convenientes.
Artículo 15. Votación de propuestas.
La votación se realizará a través de la página web del Ayuntamiento con un formulario de
votación, garantizando en todo caso la publicidad y transparencia del proceso.
El calendario de votación se determinará en cada convocatoria.
Tras el cierre de la votación, se procederá al recuento de los votos y se proclamará cuáles han
sido los proyectos más apoyados por la ciudadanía, y que serán acometidos por el
Ayuntamiento de Trujillo con cargo a los presupuestos municipales del ejercicio
correspondiente.
Los proyectos serán elegidos por orden de prioridad según el número de votos recibidos
ejecutándose únicamente la opción más votada. Sin embargo, podrá ejecutarse la segunda
CVE:
BOP-2025-257
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 21 de enero de 2025
N.º 0013
Pág. 1406