Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Perales del Puerto. (BOP-2025-253)
BOP-2025-253 Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la tasa de prestación del servicio de ayuda a domicilio.
14 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
personas en situación de dependencia en la Ley 14/2015, de 9 de abril, de Servicios Sociales
de Extremadura, incluyéndolo en su artículo 31 como una prestación garantizada en los
Servicios Sociales de Atención Especializada. La prestación ofrecerá un conjunto de
actuaciones que estarán en función de los servicios:
1. Servicios relacionados con la atención de las necesidades domésticas o del hogar.
2. Servicios relacionados con la atención personal.
3. Servicios de relación con el entorno.
4. Servicios relacionados con el apoyo a las relaciones intrafamiliares y de alivio a las
familias que lo precisen.
Se pretende articular un sistema que permita garantizar un régimen básico en la prestación de
los servicios de ayuda a domicilio de titularidad municipal a quienes presenten algún tipo de
limitación en la autonomía personal que les haga encontrarse en una situación de
vulnerabilidad social. Con la finalidad de garantizar la eficiencia del sistema de promoción de la
autonomía personal y atención a la dependencia de tal manera que este servicio se canalice a
quienes presentan una necesidad más acuciante de apoyo por sus características personales,
familiares y sociales y no tienen un grado de dependencia reconocido oficialmente por
encontrarse en lista de espera o en una situación coyuntural de dependencia. Por ello, de
conformidad con los artículos 32, 35 a) y c), 37 y 52 de la Ley 14/2015, de 9 de abril, de
Servicios Sociales de Extremadura se establecen estos principios y criterios básicos de
actuación en la prestación de los servicios de ayuda a domicilio de titularidad municipal y se
instaura el régimen de autorización de las entidades prestadoras de los mismos con el objetivo
de, respetando la autonomía local en el régimen de prestación de estos servicios, establecer
unos condicionantes básicos de la actuación que garanticen un mínimo en la calidad de los
servicios, la igualdad de trato entre la ciudadanía y las entidades prestadoras de los mismos, y
la eficiencia del sistema.
A tal fin, de conformidad con la potestad reglamentaria que en el artículo 4.1, a) de la Ley
7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las bases del Régimen Local atribuye a la administración
local, se aprueba la presente ordenanza conforme a los siguientes artículos:
Artículo 1. FUNDAMENTO LEGAL.
De conformidad con lo previsto en el artículo 117 de la Ley 39/1988, de 28 de Diciembre,
reguladora de las Haciendas Locales, este Ayuntamiento establece la tasa por la prestación del
Servicio de Ayuda a Domicilio, de acuerdo con lo establecido en los artículos 41 a 48 de la
CVE:
BOP-2025-253
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 21 de enero de 2025
N.º 0013
Pág. 1383