Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Montánchez. (BOP-2025-246)
BOP-2025-246 Memoria Técnica para el calculo del canon de la concesión de cubiertas de edificios públicos para las Instalaciones Fotovoltaicas para autoconsumo de una Comunidad Energética Local.
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Canon de concesión de las cubiertas municipales para
Instalaciones fotovoltaicas para autoconsumo en Comunidad
Energética Local del municipio de Montánchez. 7
Avda.Antonio Masa Campos, 26 Ronda de San Francisco, 3
06011 Badajoz 10005 Cáceres
Telf: 924 26 21 61 Telf: 927 62 57 94
Para obtener ese porcentaje en especie como porcentaje de energía, se calcula en función
del coste de la energía a la que estos edificios pagan la electricidad, €/kwh, en la facturación
y del canon mínimo de concesión, así se obtendrá la contribución mínima del concesionario
para poder abonar en especie como un porcentaje mínimo de energía.
Estos valores se muestran en la siguiente tabla para cada edificio estudiado:
Valor medio del precio de la
energía (€/kWh)
Valor mínimo de
canon anual
Mínimo canon de
concesión en
energía kWh al año
Pabellón y piscina municipal 0,293693 308,06 € 1.048,90
Centro Cultural 0,293693 119,88 € 408,19
Colegio y Guardería 0,293693 106,35 € 362,12
Consultorio medico 0,290323 16,06 € 55,31
Ayto 0,290323 44,54 € 153,42
Casa de las Nogalas 0,290323 15,25 € 52,52
Centro cívico 0,290323 5,01 € 17,26
TOTAL - 615,15 € 2.097,72
Mínimo canon de concesión en energía kWh/año.
Este aporte de energía supone 2.097,72 kWh/año de las instalaciones fotovoltaicas a instalar
en las cubiertas de los edificios municipales, con un valor económico equivalente de 615,15 €
anuales.
De tal manera, que como mínimo, según exige el reglamento, el canon que debería abonar
a la Corporación Municipal la Comunidad Energética Local consistirá en una retribución anual
en especie consistente en 2.097,72 kWh/año de la energía generada, libre de costas.
En el indicado supuesto de no explotar las instalaciones autorizadas, el referido valor de
2.097,72 kWh/año de energía eléctrica se corresponde con el importe de 615,15 € anuales.
3.3. VALOR MEDIO DE CANON DE CONCESIÓN ADMINISTRATIVA
Los valores calculados para el canon de concesión de la cesión de cubiertas, en los apartados
anteriores, son los correspondientes al mínimo que exige el reglamento.
En otras licitaciones al respecto, aparece por norma general un valor para el canon de
concesión de un 10 % de la energía producida total prevista de las instalaciones fotovoltaicas
a instalar en las cubiertas de los edificios municipales.
De tal manera que el canon que debería abonar a la Corporación Municipal la Comunidad
Energética Local, en este caso, consistirá en una retribución anual en especie consistente en
el 10% de la energía generada, libre de costas.
Cód.
Validación:
6HJJFFENDFCLYD5G93W27LDSY
Verificación:
https://montanchez.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
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7
de
8
CVE:
BOP-2025-246
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 21 de enero de 2025
N.º 0013
Pág. 1311
Instalaciones fotovoltaicas para autoconsumo en Comunidad
Energética Local del municipio de Montánchez. 7
Avda.Antonio Masa Campos, 26 Ronda de San Francisco, 3
06011 Badajoz 10005 Cáceres
Telf: 924 26 21 61 Telf: 927 62 57 94
Para obtener ese porcentaje en especie como porcentaje de energía, se calcula en función
del coste de la energía a la que estos edificios pagan la electricidad, €/kwh, en la facturación
y del canon mínimo de concesión, así se obtendrá la contribución mínima del concesionario
para poder abonar en especie como un porcentaje mínimo de energía.
Estos valores se muestran en la siguiente tabla para cada edificio estudiado:
Valor medio del precio de la
energía (€/kWh)
Valor mínimo de
canon anual
Mínimo canon de
concesión en
energía kWh al año
Pabellón y piscina municipal 0,293693 308,06 € 1.048,90
Centro Cultural 0,293693 119,88 € 408,19
Colegio y Guardería 0,293693 106,35 € 362,12
Consultorio medico 0,290323 16,06 € 55,31
Ayto 0,290323 44,54 € 153,42
Casa de las Nogalas 0,290323 15,25 € 52,52
Centro cívico 0,290323 5,01 € 17,26
TOTAL - 615,15 € 2.097,72
Mínimo canon de concesión en energía kWh/año.
Este aporte de energía supone 2.097,72 kWh/año de las instalaciones fotovoltaicas a instalar
en las cubiertas de los edificios municipales, con un valor económico equivalente de 615,15 €
anuales.
De tal manera, que como mínimo, según exige el reglamento, el canon que debería abonar
a la Corporación Municipal la Comunidad Energética Local consistirá en una retribución anual
en especie consistente en 2.097,72 kWh/año de la energía generada, libre de costas.
En el indicado supuesto de no explotar las instalaciones autorizadas, el referido valor de
2.097,72 kWh/año de energía eléctrica se corresponde con el importe de 615,15 € anuales.
3.3. VALOR MEDIO DE CANON DE CONCESIÓN ADMINISTRATIVA
Los valores calculados para el canon de concesión de la cesión de cubiertas, en los apartados
anteriores, son los correspondientes al mínimo que exige el reglamento.
En otras licitaciones al respecto, aparece por norma general un valor para el canon de
concesión de un 10 % de la energía producida total prevista de las instalaciones fotovoltaicas
a instalar en las cubiertas de los edificios municipales.
De tal manera que el canon que debería abonar a la Corporación Municipal la Comunidad
Energética Local, en este caso, consistirá en una retribución anual en especie consistente en
el 10% de la energía generada, libre de costas.
Cód.
Validación:
6HJJFFENDFCLYD5G93W27LDSY
Verificación:
https://montanchez.sedelectronica.es/
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Martes, 21 de enero de 2025
N.º 0013
Pág. 1311