Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2025-241)
BOP-2025-241 Convocatoria de pruebas selectivas, para la cobertura del puesto de trabajo de Coordinador/a General del Consorcio Cáceres Capital Europea de la Cultura, 2031, reservado a personal directivo.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Consorcio Cáceres Capital Europea Cultura 2031
Se computará 1 punto por año. Puntuación máxima 4 puntos.
Los periodos inferiores al año se prorratearán en función de los meses
trabajados.
6.3. Los méritos se acreditarán mediante documentos originales, fotocopias
debidamentecompulsadas de los mismos o bien, mediante inclusión del código
seguro de verificación de acuerdo con lo previsto en la Ley 59/2013, de 19 de
diciembre, de firma electrónica, que permita la verificación de la integridad de la
copia del documento presentado.
El órgano técnico de valoración podrá requerir a las personas interesadas
cualquier tipo de aclaración sobre la documentación presentada. Si no fuera
atendido el requerimiento, no se valorará el mérito correspondiente. Así mismo, el
órgano técnico de valoración se reserva el derecho a comprobar con los órganos
que expidan las certificaciones la veracidad del contenido de las mismas cuando a
juicio de dicho órgano se considere necesario.
SÉPTIMA. ADJUDICACIÓN DEL PUESTO DE TRABAJO.
7.1. El Ilmo. Sr Presidente, previo informe de valoración, emitido por el órgano
técnico, con la propuesta de candidatos/as que se consideren más idóneos/as,
elevará al Consejo Rector del Consorcio propuesta de nombramiento motivada con
referencia al cumplimiento, por parte de la persona candidata elegida, de los
requisitos y de los criterios de selección a que se refiere la base sexta de esta
convocatoria, así como a la competencia para proceder al mismo.
No obstante, podrá declararse desierta la convocatoria cuando ninguna de
las personas aspirantes reúna los requisitos exigidos o no son consideradas idóneas
para el desempeño del mismo.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 13 del Estatuto Básico del
Empleado Público, el/la candidato/a finalmente contratado/a estará sujeto a
evaluación con arreglo a los criterios de eficacia y eficiencia, responsabilidad por
su gestión y control de resultados en relación con los objetivos que se le fijen.
7.2. La persona candidata será nombrada y cesada libremente por el Consejo
Rector del Consorcio Cáceres Capital Europea de la Cultura 2031 y su
nombramiento se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia.
7.3. El/la aspirante seleccionado/a será nombrado/a personal directivo profesional
y sujeto a una relación laboral especial de alta dirección. Se regirá por las cláusulas
establecidas en el contrato y por lo dispuesto en el Real Decreto 1382/1985, de 1
de agosto, por el que se regula la relación laboral de carácter especial del personal
de alta dirección, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que
se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público,
la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura y demás
normativa que le resulte de aplicación.
CVE:
BOP-2025-241
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 21 de enero de 2025
N.º 0013
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Se computará 1 punto por año. Puntuación máxima 4 puntos.
Los periodos inferiores al año se prorratearán en función de los meses
trabajados.
6.3. Los méritos se acreditarán mediante documentos originales, fotocopias
debidamentecompulsadas de los mismos o bien, mediante inclusión del código
seguro de verificación de acuerdo con lo previsto en la Ley 59/2013, de 19 de
diciembre, de firma electrónica, que permita la verificación de la integridad de la
copia del documento presentado.
El órgano técnico de valoración podrá requerir a las personas interesadas
cualquier tipo de aclaración sobre la documentación presentada. Si no fuera
atendido el requerimiento, no se valorará el mérito correspondiente. Así mismo, el
órgano técnico de valoración se reserva el derecho a comprobar con los órganos
que expidan las certificaciones la veracidad del contenido de las mismas cuando a
juicio de dicho órgano se considere necesario.
SÉPTIMA. ADJUDICACIÓN DEL PUESTO DE TRABAJO.
7.1. El Ilmo. Sr Presidente, previo informe de valoración, emitido por el órgano
técnico, con la propuesta de candidatos/as que se consideren más idóneos/as,
elevará al Consejo Rector del Consorcio propuesta de nombramiento motivada con
referencia al cumplimiento, por parte de la persona candidata elegida, de los
requisitos y de los criterios de selección a que se refiere la base sexta de esta
convocatoria, así como a la competencia para proceder al mismo.
No obstante, podrá declararse desierta la convocatoria cuando ninguna de
las personas aspirantes reúna los requisitos exigidos o no son consideradas idóneas
para el desempeño del mismo.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 13 del Estatuto Básico del
Empleado Público, el/la candidato/a finalmente contratado/a estará sujeto a
evaluación con arreglo a los criterios de eficacia y eficiencia, responsabilidad por
su gestión y control de resultados en relación con los objetivos que se le fijen.
7.2. La persona candidata será nombrada y cesada libremente por el Consejo
Rector del Consorcio Cáceres Capital Europea de la Cultura 2031 y su
nombramiento se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia.
7.3. El/la aspirante seleccionado/a será nombrado/a personal directivo profesional
y sujeto a una relación laboral especial de alta dirección. Se regirá por las cláusulas
establecidas en el contrato y por lo dispuesto en el Real Decreto 1382/1985, de 1
de agosto, por el que se regula la relación laboral de carácter especial del personal
de alta dirección, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que
se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público,
la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura y demás
normativa que le resulte de aplicación.
CVE:
BOP-2025-241
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 21 de enero de 2025
N.º 0013
Pág. 1293