Sección VI - Anuncios particulares. Comunidades de Regantes. Comunidad de Regantes El Santillán. (BOP-2025-233)
BOP-2025-233 Reglamento del Sistema Interno de Información.
13 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
c) Estimación del perjuicio económico y los importes recuperados tras las
investigaciones y actuaciones judiciales relacionadas con las infracciones, si se hubieran
podido obtener.
DISPOSICIÓN ADICIONAL SEGUNDA. Estrategia contra la corrupción. Compromiso. A partir
del primer año desde la entrada en vigor del presente reglamento, previa solicitud de la Junta
de Gobierno, podrá aprobarse una estrategia contra la corrupción que incluya una evaluación
del cumplimiento de los objetivos establecidos en este reglamento o las medidas que se
consideren necesarias para paliar las deficiencias detectadas.
DISPOSICIÓN TRANSITORIA. Hasta la implantación telemática en el portal web de esta CRES
del Canal de Denuncias que garantice las condiciones exigidas legalmente, incluyendo los
requisitos técnicos y de protección de datos; se instalará provisionalmente un buzón de correos
en el exterior de la sede de esta CRES, donde podrán recibirse las comunicaciones y/o
denuncias.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA. El presente Reglamento deroga cualquier otra norma en vigor
de esta CRES que se oponga o contradiga lo dispuesto en el mismo.
DISPOSICIONES FINALES
PRIMERA. Lo estipulado en este Reglamento lo es sin perjuicio de las competencias
legalmente atribuidas a las demás Administraciones Públicas que tengan competencia en la
materia.
SEGUNDA. Este Reglamento entrará en vigor una vez aprobado definitivamente por la
Asamblea.
TERCERA. El presente reglamento se someterá a información pública de los partícipes,
comuneros de la CR por plazo de 30 días hábiles previa publicación de anuncio insertado en el
Tablón de esta CR y el Boletín Oficial de la Provincia, a efectos de presentación de
reclamaciones y sugerencias.
CUARTA. La Junta de Gobierno resolverá sobre las reclamaciones y sugerencias. En el caso
de que no se presentaran reclamaciones o sugerencias, se entenderá definitivamente
aprobado.
QUINTA. La Junta de Gobierno proveerá al responsable de la gestión y tramitación de los
expedientes que se cursen a través del Canal de Denuncias de medios y recursos de carácter
técnico y material suficientes para que permitan el correcto desarrollo de las funciones
CVE:
BOP-2025-233
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 20 de enero de 2025
N.º 0012
Pág. 1268