Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Plasencia. (BOP-2025-212)
BOP-2025-212 Publicación del Convenio suscrito entre el Excmo. Ayuntamiento de Plasencia y la Federación Regional de la Pequeña y Mediana Empresa de la Construcción y afines de Extremadura (PYMECON).
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3. Actividades realizadas.
4. Recursos utilizados.
5. Datos estadísticos.
6. Resultados obtenidos.
7. Dificultades y propuestas.
8. Valoración del Programa.
La justificación de las cantidades recibidas como subvención, que se llevará a cabo
mediante la presentación por parte de la entidad beneficiaria, de la cuenta justificativa
simplificada, la cual será presentada ante el Ayuntamiento de Plasencia, en el plazo
máximo de tres meses desde la realización de la actividad.
Dicha cuenta justificativa contendrá la siguiente documentación:
- Una memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las
condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con
indicación de las actividades realizadas y de los resultados
obtenidos.
- Una relación clasificada de los gastos de la actividad, con identificación
del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión y fecha de
pago. En caso de que la subvención se otorgue con arreglo a un
presupuesto estimado, se indicarán las desviaciones acaecidas.
- Un detalle de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la
actividad subvencionada con indicación del importe y su
procedencia.
OCTAVO.- En caso de incumplimiento de las obligaciones previstas en este Convenio,
así como en los casos previstos en el artículo 37 de la Ley General de Subvenciones,
se requerirá a la asociación o entidad beneficiaria el reintegro de las cantidades
percibidas y los intereses de demora correspondientes desde el momento del pago de
la subvención hasta la fecha en que se acuerde la procedencia del reintegro, de
acuerdo con lo dispuesto en la propia Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, el Reglamento 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba
Reglamento de la Ley General de Subvenciones y la Ordenanza por la que se regula
el régimen general de subvenciones del Ayuntamiento de Plasencia.
NOVENO.- PYMECON, se compromete a hacer constar el logotipo o marca
identificativa del Excmo. Ayuntamiento de Plasencia, en todos los carteles y su
mención en cualquier medio que sirva de información, difusión y promoción del
evento, para reflejar la colaboración del Ayuntamiento en la celebración del mismo.
DÉCIMO.- La subvención concedida NO será compatible con otras subvenciones o
ayudas públicas para la misma finalidad. Ninguna de las partes podrá exigir otras
contrapartidas que las que se deriven exclusivamente del presente Convenio.
UNDÉCIMO.- En cuanto a lo dispuesto en este Convenio de Colaboración serán de
aplicación las normas de Derecho Público.
DÉCIMOSEGUNDO.- Para cualquier discrepancia que pudiera surgir en la
interpretación y aplicación de de este Convenio, ambas partes se someten a arbitraje
CVE:
BOP-2025-212
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 17 de enero de 2025
N.º 0011
Pág. 1074
3. Actividades realizadas.
4. Recursos utilizados.
5. Datos estadísticos.
6. Resultados obtenidos.
7. Dificultades y propuestas.
8. Valoración del Programa.
La justificación de las cantidades recibidas como subvención, que se llevará a cabo
mediante la presentación por parte de la entidad beneficiaria, de la cuenta justificativa
simplificada, la cual será presentada ante el Ayuntamiento de Plasencia, en el plazo
máximo de tres meses desde la realización de la actividad.
Dicha cuenta justificativa contendrá la siguiente documentación:
- Una memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las
condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con
indicación de las actividades realizadas y de los resultados
obtenidos.
- Una relación clasificada de los gastos de la actividad, con identificación
del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión y fecha de
pago. En caso de que la subvención se otorgue con arreglo a un
presupuesto estimado, se indicarán las desviaciones acaecidas.
- Un detalle de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la
actividad subvencionada con indicación del importe y su
procedencia.
OCTAVO.- En caso de incumplimiento de las obligaciones previstas en este Convenio,
así como en los casos previstos en el artículo 37 de la Ley General de Subvenciones,
se requerirá a la asociación o entidad beneficiaria el reintegro de las cantidades
percibidas y los intereses de demora correspondientes desde el momento del pago de
la subvención hasta la fecha en que se acuerde la procedencia del reintegro, de
acuerdo con lo dispuesto en la propia Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, el Reglamento 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba
Reglamento de la Ley General de Subvenciones y la Ordenanza por la que se regula
el régimen general de subvenciones del Ayuntamiento de Plasencia.
NOVENO.- PYMECON, se compromete a hacer constar el logotipo o marca
identificativa del Excmo. Ayuntamiento de Plasencia, en todos los carteles y su
mención en cualquier medio que sirva de información, difusión y promoción del
evento, para reflejar la colaboración del Ayuntamiento en la celebración del mismo.
DÉCIMO.- La subvención concedida NO será compatible con otras subvenciones o
ayudas públicas para la misma finalidad. Ninguna de las partes podrá exigir otras
contrapartidas que las que se deriven exclusivamente del presente Convenio.
UNDÉCIMO.- En cuanto a lo dispuesto en este Convenio de Colaboración serán de
aplicación las normas de Derecho Público.
DÉCIMOSEGUNDO.- Para cualquier discrepancia que pudiera surgir en la
interpretación y aplicación de de este Convenio, ambas partes se someten a arbitraje
CVE:
BOP-2025-212
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 17 de enero de 2025
N.º 0011
Pág. 1074