Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2025-195)
BOP-2025-195 Aprobación definitiva de las modificaciones al Estatuto del Consejo de Políticas Públicas.
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consideraciones sobre la situación socioeconómica y laboral de la provincia de Cáceres. (II) En
una segunda parte, un resumen de las actividades anuales llevadas a cabo por el Consejo.
5. Informar los planes económicos y de desarrollo de la provincia de Cáceres que le sean
sometidos por la Diputación Provincial o por otras administraciones públicas u organizaciones
sectoriales o profesionales.
6. Cualquier otra que las disposiciones reglamentarias puedan encomendarle.
Artículo 5.
Los estudios, informes y resoluciones emitidos por el Consejo Provincial de Políticas Públicas
no tendrán carácter vinculante.
Artículo 6.
El plazo para la emisión de los informes y dictámenes será de treinta días naturales, contados
a partir de la recepción de la correspondiente documentación, salvo que otra disposición
reglamentaria establezca uno distinto.
Cuando la complejidad del asunto lo demande, el Consejo dispondrá del tiempo necesario para
la emisión de los informes y dictámenes solicitados.
El plazo podrá reducirse a quince o a siete días hábiles, cuando razones de conveniencia o de
urgencia así lo aconsejen. Transcurrido el plazo sin haberse realizado el pronunciamiento
correspondiente, se entenderá cumplido dicho trámite.
Artículo 7.
El Consejo Provincial de Políticas Públicas, para el desarrollo y cumplimiento de las funciones
que le corresponden, podrá recabar, directamente o a través de la Diputación Provincial, los
informes, documentación y asesoramiento necesario ante las Administraciones Públicas.
Título III
De la composición y órganos del Consejo
Artículo 8.
1. El Consejo Provincial de Políticas Públicas está compuesto por la presidencia, y por los
siguientes integrantes, en calidad de consejeros y consejeras permanentes:
CVE:
BOP-2025-195
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 17 de enero de 2025
N.º 0011
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