Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2025-192)
BOP-2025-192 Convocatoria para la provisión mediante concurso oposición por promoción interna de plazas de Delineantes. Plan de ordenación de Recursos Humanos.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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La fecha límite para la valoración de los méritos será la de publicación de la convocatoria en el BOP de Cáce-
res. En ningún caso se valorarán méritos no relacionados en la solicitud o no acreditados documentalmente.
Los errores de hecho, materiales o aritméticos, que pudieran advertirse en la solicitud podrán subsanarse en
cualquier momento de oficio o a petición del interesado.
3.3. Tasa por derechos de examen.
Los derechos de examen se abonarán a través de la pasarela de pago a la que se accede automáticamente
una vez completada la solicitud de inscripción, previa a la firma electrónica.
También podrán abonarse mediante transferencia bancaria acompañando a la instancia el resguardo que
justifique haber satisfecho en la entidad UNICAJA BANCO ES68 2103 7412 2600 3000 4395 la cantidad de
15 € en concepto de derechos de examen (BOP n.º 194, de 8-10-2014), donde deberá indicarse en el ingre-
so a qué convocatoria corresponde, excepto en lo referido a las causas de exención de las tasas de los
apartados siguientes.
Esta cantidad que únicamente será devuelta, previa entrega del correspondiente impreso de “Alta de Terce-
ros”, debidamente cumplimentado, si no resulta admitido a examen por falta de los requisitos exigidos para
tomar parte en la convocatoria.
3.3.1. Exención de la tasa:
Estarán exentas del pago las personas con discapacidad igual o superior al 33 por 100. Para el disfrute de la
exención deberán acreditar que reúnen la condición legal de personas con discapacidad, mediante la pre-
sentación de certificado expedido por el órgano competente del Ministerio de Asuntos Sociales o, en su
caso, de la Comunidad Autónoma correspondiente.
3.3.2 Bonificación de la tasa:
Gozarán de una bonificación del 75 por 100 los/as aspirantes que figuren como desempleados/as durante el
plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha del anuncio de las convocatorias en el B.O.P de Cáceres,
para lo cual deberán presentar tarjeta de demanda de empleo u otro documento de los servicios públicos de
empleo debidamente sellada/o y firmada/o, o bien informe de periodo ininterrumpido inscrito en situación de
desempleo por el que acrediten tal condición.
3.3.3. El abono de los derechos de examen o, en su caso, la justificación de la concurrencia de alguna de las
causas de exención total o parcial del mismo deberá hacerse dentro del plazo de presentación de solicitu-
des, quedando excluidos de forma definitiva en caso contrario.
En ningún caso, el pago de la tasa de los derechos de examen o la justificación de la concurrencia
de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo, supondrá la sustitución del trámite de pre -
sentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación en el proceso selectivo.
CUARTA. Admisión de aspirantes.
4.1. Para ser admitido al proceso selectivo bastará con que los/las aspirantes manifiesten en sus solicitudes
que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la base segunda, referidos a la fecha de finalización
del plazo de presentación de instancias. El cumplimiento de estos requisitos será acreditado mediante la
presentación de los documentos correspondientes en la forma prevista en la Base Décima.
Terminado el plazo de presentación de instancias se aprobará la lista provisional de los/as aspirantes
admitidos/as y excluidos/as que deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Tablón
Electrónico de Anuncios y contendrá como anexo único, la relación nominal de aspirantes excluidos/as y
admitidos/as con su correspondiente e indicación de las causas de inadmisión haciendo constar el plazo de
subsanación de defectos que, en los términos del artículo sesenta y ocho de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se concede a los/as aspirantes
excluidos/as. Quienes dentro del plazo señalado no subsanen los defectos justificando su derecho a ser
admitidos, serán definitivamente excluidos del proceso selectivo.
CVE:
BOP-2025-192
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 17 de enero de 2025
N.º 0011
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res. En ningún caso se valorarán méritos no relacionados en la solicitud o no acreditados documentalmente.
Los errores de hecho, materiales o aritméticos, que pudieran advertirse en la solicitud podrán subsanarse en
cualquier momento de oficio o a petición del interesado.
3.3. Tasa por derechos de examen.
Los derechos de examen se abonarán a través de la pasarela de pago a la que se accede automáticamente
una vez completada la solicitud de inscripción, previa a la firma electrónica.
También podrán abonarse mediante transferencia bancaria acompañando a la instancia el resguardo que
justifique haber satisfecho en la entidad UNICAJA BANCO ES68 2103 7412 2600 3000 4395 la cantidad de
15 € en concepto de derechos de examen (BOP n.º 194, de 8-10-2014), donde deberá indicarse en el ingre-
so a qué convocatoria corresponde, excepto en lo referido a las causas de exención de las tasas de los
apartados siguientes.
Esta cantidad que únicamente será devuelta, previa entrega del correspondiente impreso de “Alta de Terce-
ros”, debidamente cumplimentado, si no resulta admitido a examen por falta de los requisitos exigidos para
tomar parte en la convocatoria.
3.3.1. Exención de la tasa:
Estarán exentas del pago las personas con discapacidad igual o superior al 33 por 100. Para el disfrute de la
exención deberán acreditar que reúnen la condición legal de personas con discapacidad, mediante la pre-
sentación de certificado expedido por el órgano competente del Ministerio de Asuntos Sociales o, en su
caso, de la Comunidad Autónoma correspondiente.
3.3.2 Bonificación de la tasa:
Gozarán de una bonificación del 75 por 100 los/as aspirantes que figuren como desempleados/as durante el
plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha del anuncio de las convocatorias en el B.O.P de Cáceres,
para lo cual deberán presentar tarjeta de demanda de empleo u otro documento de los servicios públicos de
empleo debidamente sellada/o y firmada/o, o bien informe de periodo ininterrumpido inscrito en situación de
desempleo por el que acrediten tal condición.
3.3.3. El abono de los derechos de examen o, en su caso, la justificación de la concurrencia de alguna de las
causas de exención total o parcial del mismo deberá hacerse dentro del plazo de presentación de solicitu-
des, quedando excluidos de forma definitiva en caso contrario.
En ningún caso, el pago de la tasa de los derechos de examen o la justificación de la concurrencia
de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo, supondrá la sustitución del trámite de pre -
sentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación en el proceso selectivo.
CUARTA. Admisión de aspirantes.
4.1. Para ser admitido al proceso selectivo bastará con que los/las aspirantes manifiesten en sus solicitudes
que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la base segunda, referidos a la fecha de finalización
del plazo de presentación de instancias. El cumplimiento de estos requisitos será acreditado mediante la
presentación de los documentos correspondientes en la forma prevista en la Base Décima.
Terminado el plazo de presentación de instancias se aprobará la lista provisional de los/as aspirantes
admitidos/as y excluidos/as que deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Tablón
Electrónico de Anuncios y contendrá como anexo único, la relación nominal de aspirantes excluidos/as y
admitidos/as con su correspondiente e indicación de las causas de inadmisión haciendo constar el plazo de
subsanación de defectos que, en los términos del artículo sesenta y ocho de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se concede a los/as aspirantes
excluidos/as. Quienes dentro del plazo señalado no subsanen los defectos justificando su derecho a ser
admitidos, serán definitivamente excluidos del proceso selectivo.
CVE:
BOP-2025-192
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 17 de enero de 2025
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