Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2025-173)
BOP-2025-173 Bases para la adjudicación de puestos de venta ambulante en el mercadillo de Semana Santa en el Paseo de Cánovas.
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Administraciones Públicas ,así como, por la Ordenanza reguladora de la venta ambulante y de
los mercadillos de la ciudad de Cáceres, la Ley 8/2018,de 23 de octubre, del comercio
ambulante de Extremadura ,la Ley 7/1996 de 15 de enero de ordenación del comercio
minorista, el Decreto 17/1996,de 13 de febrero que regula los derechos de los consumidores y
usuarios en determinadas modalidades de venta fuera de establecimiento comercial
permanente, así como, el resto de la normativa vigente de aplicación.
El Ayuntamiento ostentará, en relación con esta licencia para el uso común especial de dominio
público, las potestades que le reconocen la legislación vigente y las que se especifiquen en
estas Bases.
La autorización se entenderá otorgada salvo el derecho de propiedad y sin perjuicio de
terceros, y sin perjuicio de otros permisos o autorizaciones de otras Administraciones Públicas.
TERCERA. TRAMITACIÓN, PROCEDIMIENTO Y SISTEMA DE SELECCIÓN.
La tramitación del presente expediente será en régimen de concurrencia competitiva, por
concurso, con criterios de adjudicación.
El plazo para la presentación de solicitudes es del 10 al 31 de enero de 2025. En caso de que
la publicación de estas bases en el BOP se produzca con posterioridad al día 10 de enero, el
plazo se ampliará en igual número de días del retraso.
Las personas físicas o jurídicas interesadas en participar en el mercadillo de Semana Santa de
Cáceres, podrán presentar solicitudes el Registro General del Ayuntamiento, o a través de la
sede electrónica del Ayuntamiento de Cáceres, conforme al modelo normalizado.
Los licitadores no podrán presentar más de una solicitud, indicando en la misma el puesto de
preferencia al que opten, señalando un orden de prelación.
CUARTA. ADJUDICATARIOS/AS - REQUISITOS.
Podrán concurrir a esta licitación en régimen de concurrencia competitiva, las personas físicas
o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar. Asimismo, deberán
cumplir los siguientes requisitos:
Estar dado de alta en el correspondiente epígrafe del Impuesto de Actividades
Económicas.
Estar dado de alta en el régimen de Seguridad Social que corresponda y estar al
corriente en el pago de las cotizaciones sociales.
CVE:
BOP-2025-173
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 16 de enero de 2025
N.º 0010
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