Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Logrosán. (BOP-2025-152)
BOP-2025-152 Reglamento de Régimen Interno del Programa de Formación y Empleo "Cerro San Cristóbal".
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Artículo 3: Funciones y responsabilidades de los miembros del equipo directivo y docente.
Las funciones y responsabilidades de los miembros del equipo directivo-docente del programa escala son las que
se especifican en las bases de la oferta de la difusión pública para personal directivo, docente y de apoyo de los
programas de formación en alternancia con el empleo.
Artículo 4: Funciones del delegado/a del alumnado.
Durante el primer mes del programa/proyecto serán elegidos/as un/a delegado/a y un/a subdelegado/a . Entre las
funciones de los/as delegados/as, están las siguientes:
o Representar a su grupo ante el equipo directivo-docente.
o Cooperar con los/as monitores/as en el mantenimiento del orden en los espacios de formación y trabajo
asignados al grupo, amén de que cada persona se hace responsable de las tareas que le hayan sido
encomendadas por sus monitores/as.
o Asistir a las reuniones que por su cargo le correspondan.
o Proponer acciones y actividades al equipo directivo-docente que convengan al alumnado-trabajador a los que
representan, por decisión consensuada de los mismos.
o Informar a sus compañeros/as de los aspectos relativos a cada grupo.
o Elaborar y redactar propuestas para el equipo por iniciativa propia o a petición de sus compañeros/as.
o Comunicar a la dirección y/o a los miembros del equipo docente de los posibles problemas que se generen en
el grupo.
II. CONDICIONES LABORALES.
Artículo 5: Condiciones del personal directivo y docente
El personal directivo y docente, mantiene con la Entidad Promotora una relación regulada formalmente por un
contrato de duración determinada con cláusula objetiva de resolución, por lo que son considerados trabajadores,
según condiciones de cada contrato suscrito entre ambas partes y hasta el final del Programa.
La duración del contrato del equipo directivo y docente es de un año y catorce días.
Artículo 6: Condiciones del alumnado trabajador.
El programa de formación y empleo consta de una primera etapa de carácter formativo de iniciación (con una
duración de tres meses) y otra etapa de formación en alternancia con el empleo (con una duración de nueves
meses). Una vez transcurrido el tiempo de duración previsto en la correspondiente resolución aprobatoria se
entenderá finalizado el proyecto.
a) Etapa formativa Inicial:
Durante la etapa inicial, el alumnado recibirá formación profesional o formación en el trabajo relacionada con la
ocupación a desempeñar.
En esta etapa formativa inicial la jornada lectiva tendrá una duración de 7 horas al día de lunes a viernes.
Cód.
Validación:
ANRM9EJYKK2WT4CDG53LR423F
Verificación:
https://logrosan.sedelectronica.es/
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electrónicamente
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Miércoles, 15 de enero de 2025
N.º 0009
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