Sección I - Administración Local. Provincia. Consorcio Medioambiental MásMedio. (BOP-2025-147)
BOP-2025-147 Convenio de encomienda de gestión del servicio de Depósito, Almacenamiento Transitorio y Gestión Final en Punto Limpio suscrito con el Ayuntamiento de Torrejoncillo.
13 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Página 4 de 12
CONSORCIO MEDIOAMBIENTE Y AGUAS PROVINCIA DE CÁCERES
Edificio Julián Murillo, Ronda San Francisco, 3 – 10002 Cáceres
927 625 293 – info@masmedio.es – www.masmedio.es
Con carácter general, las modalidades de delegación de gestión, o partes diferenciadas del
Servicio de gestión de Punto Limpio, objeto del presente convenio tiene la finalidad de que los
ciudadanos depositen, aquellos residuos que, por sus características de origen, peligrosidad o
tamaño, necesitan un tratamiento especial.
Esta encomienda de gestión debe formalizarse con la firma del correspondiente convenio.
Y en base a lo anteriormente expuesto, firman el presente convenio, para lo que están facultados
los representantes que lo suscriben conforme a los acuerdos adoptados por el Pleno Municipal
y el Consejo de Administración del Consorcio “MÁSMEDIO”, con arreglo a las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. - Objeto de la encomienda de gestión.
La presente encomienda de gestión tiene por objeto la prestación del servicio de depósito,
almacenamiento transitorio y gestión final en Punto Limpio, a la ENTIDAD LOCAL por el
Consorcio “MÁSMEDIO”.
A tal fin, la ENTIDAD LOCAL ha acordado la encomienda de gestión de la competencia
municipal en la parte diferencial del servicio de depósito, almacenamiento transitorio y gestión
final en Punto Limpio, al Consorcio “MÁSMEDIO” al encontrarse con una organización más
idónea en el ámbito provincial, conociendo los criterios básicos de la prestación de este servicio
con tal carácter, y, en consecuencia, que entiende más beneficioso para los intereses municipales
que tal servicio se presta a través del mismo.
Esta encomienda conlleva la gestión, que se realiza al amparo de lo establecido en los
artículos 8 y 11 de la LRJSP, en relación con los artículos 25.2.1, 26, 57 y 106 de la LRBRL,
15.1.b), 15.6. y 18.2 de la Ley 3/2019, de 22 de enero, de Garantía de la Autonomía municipal
de Extremadura, los artículos 152 y 154 del Real Decreto
Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el TRLHL, cuyas competencias
gestionará, en encomienda de gestión, con carácter supramunicipal, el Consorcio
“MÁSMEDIO”.
SEGUNDA. - Aceptación de la encomienda de Gestión por el Consorcio
“MÁSMEDIO”.
El Consorcio “MÁSMEDIO” al amparo de lo previsto en el artículo 3.4 y 37 de sus
Estatutos vigentes, acepta la mencionada encomienda de gestión, con arreglo a lo previsto en el
presente Convenio de cooperación.
TERCERA. - Ejercicio de las facultades y funciones derivadas de las competencias
propias.
CVE:
BOP-2025-147
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 15 de enero de 2025
N.º 0009
Pág. 712