Sección I - Administración Local. Provincia. Consorcio Medioambiental MásMedio. (BOP-2025-147)
BOP-2025-147 Convenio de encomienda de gestión del servicio de Depósito, Almacenamiento Transitorio y Gestión Final en Punto Limpio suscrito con el Ayuntamiento de Torrejoncillo.
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CONSORCIO MEDIOAMBIENTE Y AGUAS PROVINCIA DE CÁCERES
Edificio Julián Murillo, Ronda San Francisco, 3 – 10002 Cáceres
927 625 293 – info@masmedio.es – www.masmedio.es
La ENTIDAD LOCAL autoriza al Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión
Tributaria, para que a partir del 1 de enero de cada año, proceda a la compensación al Consorcio
“MÁSMEDIO”, de la deuda municipal que se pudiera derivar de las obligaciones contraídas,
cuya fecha de pago en voluntaria haya vencido, con cualquiera de las transferencias de fondos
que la Administración General del Estado incluyendo la participación municipal en los Tributos
del Estado, la Junta de Extremadura o el Consorcio “MÁSMEDIO” tenga que realizar a su
favor.
DÉCIMA. - Duración de la encomienda de gestión.
La duración del Convenio será de VEINTICINCO (25 años) a contar desde el inicio de
la gestión. Si con doce meses de antelación al término del plazo, ninguna de las partes hubiera
notificado a la otra su intención de no prorrogarlo, su vigencia quedará ampliada por otro
periodo de igual duración.
DECIMOPRIMERA. - Comisión Mixta de Seguimiento de las actuaciones.
Se constituye una Comisión Mixta de Seguimiento del Convenio integrada por dos
miembros de cada una de las partes, lo que se comunicará a la otra parte, siendo la Presidencia
o Vicepresidencia del Consorcio quien ejercerá la función de presidente de la comisión.
En la comisión se integrará, con voz, pero sin voto, un quinto miembro de la misma
nombrado por el Consorcio “MÁSMEDIO”, que actuará como Secretario.
Esta comisión, de composición paritaria, tiene por objeto impulsar las actividades de
colaboración previstas en el presente convenio, fomentar acuerdos específicos, valorar las tareas
realizadas, interpretar el contenido del convenio y resolver las cuestiones litigiosas que puedan
surgir.
La Comisión se reunirá cuantas veces sea necesario, a petición de cualquiera de las dos
administraciones, para deliberar y acordar la coordinación de las actuaciones relacionadas con
la finalidad perseguida con la firma del presente Convenio.
El funcionamiento de la Comisión Mixta de Seguimiento se regirá por lo dispuesto en el
presente documento y por lo estipulado en la LRJSP.
DECIMOSEGUNDA. - Comprobación, inspección y vigilancia de las
infraestructuras, instalaciones y equipo vinculados al servicio encomendado.
A la firma del convenio se formalizará el Acta de Comprobación del Servicio de depósito,
almacenamiento transitorio y gestión final en Punto Limpio en el que se describirán
detalladamente, con reportaje fotográfico, el estado en que se encuentran las instalaciones e
infraestructuras donde se presta el servicio, incluyendo el personal adscrito al mismo y que
deberá incorporarse en la gestión futura a prestar por el Consorcio “MÁSMEDIO”.
CVE:
BOP-2025-147
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 15 de enero de 2025
N.º 0009
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