Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Majadas. (BOP-2025-72)
BOP-2025-72 Aprobación definitiva de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la prestación del servicio de cementerio.
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DISPOSICIÓN DEROGATORIA.
Queda derogada, a la entrada en vigor de ésta, la "Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por
Cementerio Municipal" aprobada por acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de fecha 27 de
noviembre de 1998 y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia número 62 de 16 de marzo
de 1999.
DISPOSICIÓN FINAL.
La presente Ordenanza Fiscal comenzará a regir y surtir efectos desde el día siguiente al de su
publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 19 del Texto Refundido de la Ley Reguladora
de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se
podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-
Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura con sede en Cáceres, en el
plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de
conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-
Administrativa.
CVE:
BOP-2025-72
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 9 de enero de 2025
N.º 0005
Pág. 189
Queda derogada, a la entrada en vigor de ésta, la "Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por
Cementerio Municipal" aprobada por acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de fecha 27 de
noviembre de 1998 y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia número 62 de 16 de marzo
de 1999.
DISPOSICIÓN FINAL.
La presente Ordenanza Fiscal comenzará a regir y surtir efectos desde el día siguiente al de su
publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 19 del Texto Refundido de la Ley Reguladora
de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se
podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-
Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura con sede en Cáceres, en el
plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de
conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-
Administrativa.
CVE:
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Verificable
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