Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Majadas. (BOP-2025-72)
BOP-2025-72 Aprobación definitiva de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la prestación del servicio de cementerio.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Majadas
ANUNCIO. Aprobación definitiva de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por
la prestación del servicio de cementerio.
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda
automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario inicial aprobatorio de ORDENANZA
FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE
CEMENTERIO, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en
cumplimiento de lo previsto en el artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de
marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales.
Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 19 del Texto Refundido de la Ley Reguladora
de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se
podrá interponer por los/as interesados/as recurso contencioso-administrativo, en el plazo de
dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín
Oficial de la Provincia, ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, con sede en
Cáceres
Majadas, 27 de diciembre de 2024
Aniceto González Sánchez
ALCALDE-PRESIDENTE
CVE:
BOP-2025-72
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 9 de enero de 2025
N.º 0005
Pág. 185
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Majadas
ANUNCIO. Aprobación definitiva de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por
la prestación del servicio de cementerio.
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda
automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario inicial aprobatorio de ORDENANZA
FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE
CEMENTERIO, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en
cumplimiento de lo previsto en el artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de
marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales.
Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 19 del Texto Refundido de la Ley Reguladora
de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se
podrá interponer por los/as interesados/as recurso contencioso-administrativo, en el plazo de
dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín
Oficial de la Provincia, ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, con sede en
Cáceres
Majadas, 27 de diciembre de 2024
Aniceto González Sánchez
ALCALDE-PRESIDENTE
CVE:
BOP-2025-72
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 9 de enero de 2025
N.º 0005
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