Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Ibahernando. (BOP-2025-18)
BOP-2025-18 Aprobación definitiva Modificación de la Ordenanza Fiscal del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI).
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Ayuntamiento de Ibahernando
Ayuntamiento de Ibahernando
Plaza de la Fontanilla, 13, Ibahernando. 10280 (Cáceres). Tfno. 927330011. Fax: 927330124
2. Los actos de gestión tributaria del Impuesto serán revisables conforme al procedimiento
aplicable a la Entidad que los dicte. En particular, los actos de gestión tributaria dictados por
una Entidad local se revisarán conforme a lo preceptuado en el artículo 14, del Real Decreto
Legislativo 2/2004, de 5 de marzo del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales.
• DISPOSICIÓN FINAL.
La presente modificación entrará en vigor el día de su publicación definitiva en el Boletín Oficial de
la Provincia permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa.
Contra el presente acuerdo, que es definitivo en vía administrativa, se podrá interponer recurso
contencioso-administrativo en la forma y plazos que establezcan las normas reguladoras de dicha
jurisdicción.
CVE:
BOP-2025-18
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 3 de enero de 2025
N.º 0002
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