Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alcuéscar. (BOP-2024-6848)
BOP-2024-6848 Aprobación definitiva plan estratégico de subvenciones 2025-2027.
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CIUDADANÍA DE INTERÉS PÚBLICO.
4. DINAMIZACIÓN DE LOS DISTRITOS A TRAVÉS DE PROYECTOS
INTERASOCIATIVOS.
5. PROMOCIÓN DE ACCIONES QUE AMPAREN LA DEFENSA DE LOS DERECHOS
DE LA CIUDADANÍA.
CAPÍTULO IV. PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN
ARTÍCULO 8. PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN.
Las subvenciones podrán concederse de forma directa o mediante procedimiento en régimen
de concurrencia competitiva.
El procedimiento ordinario de concesión de subvenciones se tramitará en régimen de
concurrencia competitiva. Mediante convocatoria pública. Tendrá la consideración de
concurrencia competitiva el procedimiento mediante el cual la concesión de las subvenciones
se realiza mediante la comparación de las solicitudes presentadas, a fin de establecer una
prelación entre las mismas, de acuerdo con los criterios de valoración previamente fijados en
las bases reguladoras y en la convocatoria, dentro del crédito disponible, aquellas que hayan
obtenido mayor valoración en aplicación de los citados criterios.
La concesión de subvenciones en los términos y con el alcance previsto en la Ley General de
Subvenciones, mediante concesión directa nominativa, siempre que estén previstas en el
Presupuesto General del Ayuntamiento para el ejercicio correspondiente. En el presente
procedimiento de concesión se deberán respetar los principios establecidos en este plan y de
conformidad con lo dispuesto en la Ordenanza de Subvenciones del Ayuntamiento de
Alcuéscar y las bases de cada convocatoria.
La concesión por procedimiento en régimen de concurrencia competitiva se encuentra regulada
en la ORDENANZA GENERAL REGULADORA DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES
DEL AYUNTAMIENTO DE ALCUÉSCAR.
Según el artículo 22.1 LGS, el procedimiento ordinario de concesión se tramitará en régimen de
concurrencia competitiva.
Este procedimiento de concesión de las subvenciones se realiza mediante la comparación de
las solicitudes presentadas, a fin de establecer una prelación entra las mismas de acuerdo a
los criterios de valoración previamente fijados en las Bases reguladoras y en la convocatoria; y
CVE:
BOP-2024-6848
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 31 de diciembre de 2024
N.º 0251
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