Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Torreorgaz. (BOP-2024-6836)
BOP-2024-6836 Aprobación definitiva Modificación de Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica.
8 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Artículo 13. Fecha de aprobación y vigencia.
Esta ordenanza, que consta de trece artículos y dos disposiciones adicionales, fue aprobada
por el Pleno en sesión celebrada entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial
de la Provincia, comenzará a aplicarse a partir del día uno de enero de 2025, y continuará
vigente mientras no se acuerde la modificación o derogación. En caso de modificación parcial,
los artículos no modificados seguirán vigentes.
DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA.
Las modificaciones producidas por Ley de Presupuestos Generales del Estado u otra norma de
rango legal que afecten a cualquier elemento de este impuesto serán de aplicación automática
dentro del ámbito de esta Ordenanza.
DISPOSICIÓN FINAL.
La presente Ordenanza, entrará en vigor en el momento de su publicación integra en el Boletín
Oficial de la Provincia y comenzará a aplicarse a partir del 1 de enero de 2025, permaneciendo
en vigor hasta su modificación o derogación expresa”.
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Texto Refundido de la Ley Reguladora
de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se
podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-
Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura con sede en Cáceres, en el
plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de
conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
Torreorgaz, 30 de diciembre de 2024
Francisco Giraldo Pavón
ALCALDE
CVE:
BOP-2024-6836
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 30 de diciembre de 2024
N.º 0250
Pág. 28977
Esta ordenanza, que consta de trece artículos y dos disposiciones adicionales, fue aprobada
por el Pleno en sesión celebrada entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial
de la Provincia, comenzará a aplicarse a partir del día uno de enero de 2025, y continuará
vigente mientras no se acuerde la modificación o derogación. En caso de modificación parcial,
los artículos no modificados seguirán vigentes.
DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA.
Las modificaciones producidas por Ley de Presupuestos Generales del Estado u otra norma de
rango legal que afecten a cualquier elemento de este impuesto serán de aplicación automática
dentro del ámbito de esta Ordenanza.
DISPOSICIÓN FINAL.
La presente Ordenanza, entrará en vigor en el momento de su publicación integra en el Boletín
Oficial de la Provincia y comenzará a aplicarse a partir del 1 de enero de 2025, permaneciendo
en vigor hasta su modificación o derogación expresa”.
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Texto Refundido de la Ley Reguladora
de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se
podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-
Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura con sede en Cáceres, en el
plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de
conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
Torreorgaz, 30 de diciembre de 2024
Francisco Giraldo Pavón
ALCALDE
CVE:
BOP-2024-6836
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 30 de diciembre de 2024
N.º 0250
Pág. 28977