Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Casillas de Coria. (BOP-2024-6816)
BOP-2024-6816 Aprobación definitiva Expediente y Estatutos agrupación sostenimiento en común del puesto de Secretaría - Intervención, Ayuntamientos de Casillas de Coria y la Mancomunidad de Municipios Rivera de Fresnedosa.
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Ayuntamiento de Casillas de Coria
Junta acuerde.
6. La Junta se reunirá, al menos y con carácter ordinario, una vez al año,
pudiendo celebrar cuantas sesiones extraordinarias sean necesarias para
resolver los asuntos de interés de la misma, a instancia del/a Presidente/a o
de tres miembros de la Junta Administrativa.
Artículo 5. Forma de designación de los/as representantes
de las Entidades Locales en la Junta Administrativa.
El/a Presidente/a será elegido/a en la sesión constitutiva de la Junta
Administrativa.
1. Los/as representantes de cada una de las Entidades agrupadas se
elegirán por cada una de las Corporaciones. Los/as representantes se
elegirán con ocasión de la constitución de las correspondientes Entidades
(Ayuntamiento y Mancomunidad) y su sustitución se producirá en virtud de
la constitución del Ayuntamiento y de la Mancomunidad, o por decisión de
los plenos respectivos. En ambos supuestos, mediante escrito de la Alcaldía
y o Presidencia, se dará a conocer al/a Presidente/a de la Agrupación la
identidad de los/as representantes de cada Entidad.
2. El número de representantes de cada entidad, se establece en:
— Ayuntamiento de Casillas de Coria, tres representantes.
— Mancomunidad de Municipios Rivera de Fresnedosa, tres representantes.
Artículo 6. Distribución de las retribuciones y cotizaciones
sociales del puesto de trabajo agrupado.
1. Las retribuciones que correspondan al Secretario-Interventor según las
disposiciones legales vigentes, las cotizaciones a la Seguridad Social y los
demás derivados del funcionamiento de la Agrupación se distribuirán entre
las Entidades agrupadas, de conformidad con la cuantía de los
Presupuestos, de la forma siguiente:
— Ayuntamiento de Casillas de Coria, 70%
— Mancomunidad de Municipios Rivera de Fresnedosa, 30%
2. Cada entidad consignará en su respectivo Presupuesto la parte de la
carga que le corresponda, que se pagará directamente por el mismo.
Artículo 7. Retribuciones.
1. Las retribuciones básicas del puesto de Secretaría Intervención serán las
establecidas por la legislación vigente, Ley de Presupuestos Generales del
Estado para los/as funcionarios/as del grupo A1/A2.
2. El complemento específico será el que la Junta Administrativa de la
Agrupación determine para cada entidad, debiendo incluirse en el mismo el
complemento por agrupación establecido en el artículo 8.1 del Real Decreto
861/1986, correspondiente a un 15% de la cuantía del complemento de
destino asignado al puesto, por cada uno de las Entidades agrupadas.
3. Cualquiera de las Entidades que integran la Agrupación podrá,
Ayuntamiento de Casillas de Coria
Plaza Mayor, 1, Casillas de Coria. 10818 (Cáceres). Tfno. 927146001. Fax: 927146107
Cód.
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Lunes, 30 de diciembre de 2024
N.º 0250
Pág. 28888
Junta acuerde.
6. La Junta se reunirá, al menos y con carácter ordinario, una vez al año,
pudiendo celebrar cuantas sesiones extraordinarias sean necesarias para
resolver los asuntos de interés de la misma, a instancia del/a Presidente/a o
de tres miembros de la Junta Administrativa.
Artículo 5. Forma de designación de los/as representantes
de las Entidades Locales en la Junta Administrativa.
El/a Presidente/a será elegido/a en la sesión constitutiva de la Junta
Administrativa.
1. Los/as representantes de cada una de las Entidades agrupadas se
elegirán por cada una de las Corporaciones. Los/as representantes se
elegirán con ocasión de la constitución de las correspondientes Entidades
(Ayuntamiento y Mancomunidad) y su sustitución se producirá en virtud de
la constitución del Ayuntamiento y de la Mancomunidad, o por decisión de
los plenos respectivos. En ambos supuestos, mediante escrito de la Alcaldía
y o Presidencia, se dará a conocer al/a Presidente/a de la Agrupación la
identidad de los/as representantes de cada Entidad.
2. El número de representantes de cada entidad, se establece en:
— Ayuntamiento de Casillas de Coria, tres representantes.
— Mancomunidad de Municipios Rivera de Fresnedosa, tres representantes.
Artículo 6. Distribución de las retribuciones y cotizaciones
sociales del puesto de trabajo agrupado.
1. Las retribuciones que correspondan al Secretario-Interventor según las
disposiciones legales vigentes, las cotizaciones a la Seguridad Social y los
demás derivados del funcionamiento de la Agrupación se distribuirán entre
las Entidades agrupadas, de conformidad con la cuantía de los
Presupuestos, de la forma siguiente:
— Ayuntamiento de Casillas de Coria, 70%
— Mancomunidad de Municipios Rivera de Fresnedosa, 30%
2. Cada entidad consignará en su respectivo Presupuesto la parte de la
carga que le corresponda, que se pagará directamente por el mismo.
Artículo 7. Retribuciones.
1. Las retribuciones básicas del puesto de Secretaría Intervención serán las
establecidas por la legislación vigente, Ley de Presupuestos Generales del
Estado para los/as funcionarios/as del grupo A1/A2.
2. El complemento específico será el que la Junta Administrativa de la
Agrupación determine para cada entidad, debiendo incluirse en el mismo el
complemento por agrupación establecido en el artículo 8.1 del Real Decreto
861/1986, correspondiente a un 15% de la cuantía del complemento de
destino asignado al puesto, por cada uno de las Entidades agrupadas.
3. Cualquiera de las Entidades que integran la Agrupación podrá,
Ayuntamiento de Casillas de Coria
Plaza Mayor, 1, Casillas de Coria. 10818 (Cáceres). Tfno. 927146001. Fax: 927146107
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Lunes, 30 de diciembre de 2024
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