Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Belvís de Monroy. (BOP-2024-6814)
BOP-2024-6814 Aprobación definitiva Ordenanza Reguladora del Servicio de Ayuda a Domicilio.
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AYUNTAMIENTO DE BELVIS DE MONROY
C.I.F. P-1002700-A
Teléfono 927575823-24 Fax 927575784
C/ Escuelas, s/n.
10.394 – BELVIS DE MONROY
EXPEDIENTE Nº 332/2024
EDICTO
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al
público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo del Pleno de este
Ayuntamiento de 31 de Octubre de 2024, de aprobación inicial de la Modificación de la
Ordenanza Fiscal Reguladora del Precio Publico por la prestación del Servicio de
Ayuda a Domicilio. El texto íntegro de la Ordenanza se hace público en cumplimiento
de los artículos 49 y70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del
Régimen Local y 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que
se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, como
sigue:
ORDENANZA REGULADORA DEL SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO EN
BELVIS DE MONROY (CÁCERES).
FUNDAMENTO Y RÉGIMEN JURÍDICO
Artículo 1.
Este Ayuntamiento conforme a lo autorizado por el artículo 106 de la Ley 7/1985, de 2
de abril, y de conformidad
con lo previsto en el art. 58 de la Ley 39/88, de 28 de diciembre, Reguladora de las
Bases del Régimen Local, establece
el precio público por la prestación del Servicio de Ayuda a Domicilio que se regulará
por la presente Ordenanza.
HECHO IMPONIBLE
Artículo 2.
El hecho imponible está constituido por la utilización del Servicio de Ayuda a Domicilio,
tendente a mejorar las condiciones de vida de aquellas personas incapacitadas para
valerse por ellas mismas, bien por razones de edad o incapacidad física o psíquica.
SUJETOS PASIVOS
Artículo 3.
Son sujetos pasivos de este precio público, las personas físicas usuarias del Servicio.
Serán responsables subsidiarios y solidarios de las obligaciones establecidas en esta
Ordenanza, toda persona emparentada con los beneficiarios del servicio por línea
directa hasta el segundo grado inclusive.
BASE IMPONIBLE Y LIQUIDABLE
Cód.
Validación:
3E6753TYFREQ6YEX7YH3Y55ZC
Verificación:
https://belvisdemonroy.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
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1
de
4
CVE:
BOP-2024-6814
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 30 de diciembre de 2024
N.º 0250
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