Sección I - Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Sierra de Gata. (BOP-2024-6797)
BOP-2024-6797 Bases convocatoria pruebas selectivas concurso - oposición libre Plaza Delineante OTUDTS.
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Mancomunidad de Municipios Sierra de Gata
Mancomunidad de Mancomunidad de la Sierra de Gata Pág.4 de 13
QUINTA. ADMISIÓN DE ASPIRANTES.
Expirado el plazo de presentación de instancias, la Presidencia dictará
Resolución en el plazo de diez días naturales declarando aprobada la lista
provisiones de admitido/as y excluido/as. En dicha resolución, que se publicará
en el tablón de edictos de la Mancomunidad y su página Web, se señalará el plazo
de tres días hábiles para subsanación de defectos, si fuera necesario.
Son causas de exclusión: la falta de la documentación justificativa de la
identidad del aspirante, de la titulación académica exigida o no firmar el Anexo I
(Solicitud de instancia), sin perjuicio de cualquier otra que se pueda derivar de la
concurrencia al proceso selectivo que determine el no cumplimiento de los
requisitos exigidos.
Transcurridos el plazo de subsanación, por la Presidencia se aprobará la
lista definitiva de aspirantes admitido/as y excluido/as, que se publicará en el
tablón de edictos y en la sede la Mancomunidad y su página Web fijándose hora
y lugar en que habrá que realizarse las pruebas selectivas.
La celebración de cada una de las pruebas, los resultados de cada una de
ellas, así como cualquier otro anuncio o comunicación se harán públicos en la
página web de la Mancomunidad y en el Tablón de Anuncios de la misma.
Por el solo hecho de su participación en el presente proceso selectivo, los
aspirantes prestan su consentimiento para que los datos de carácter personal
facilitados por ellos sean incorporados en los ficheros automatizados del
Negociado de Personal, cuya finalidad es la de ser utilizados para la gestión del
personal en todos sus aspectos: formación, selección y promoción interna,
retribuciones, estadísticas relativas al mismo, prevención de riesgos laborales,
incompatibilidades y otros extremos. La Mancomunidad como responsable del
fichero mencionado, garantiza el pleno cumplimiento de la normativa de
protección de datos de carácter personal, y así, de acuerdo con la Ley Orgánica
3/2018, de 5 de diciembre, los aspirantes en el presente procedimiento de
selección quedan informados y prestan su consentimiento para el tratamiento de
los datos de carácter personal facilitados. El opositor podrá ejercitar respecto a
sus datos de carácter personal los derechos de acceso, rectificación, cancelación
y oposición previstos en la Ley Orgánica citada, mediante escrito dirigido a la
Mancomunidad Sierra de Gata. Asimismo, a efectos de gestión del proceso de
selección para el que los/as aspirantes han autorizado la utilización de sus datos,
estos podrán ser comunicados a terceros, con la única finalidad del desarrollo del
proceso selectivo correspondiente.
SEXTA. TRIBUNAL CALIFICADOR.
El tribunal calificador se ajustará a lo establecido en el art. 60.2 de la Ley
7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público será designado
por la Presidencia y estará integrado por cinco miembros (una presidencia, tres
vocalías y una secretaría), designándose igual número de suplentes, y deberán
tener el mismo nivel de titulación o superior al requerido en la presente
convocatoria.
En la designación de sus miembros deberán respetarse los principios de
CVE:
BOP-2024-6797
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 27 de diciembre de 2024
N.º 0249
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