Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navas del Madroño. (BOP-2024-6773)
BOP-2024-6773 Aprobación definitiva de la Ordenanza Fiscal Fiscal Reguladora de la tasa por la prestación del Servicio de Ayuda a Domicilio.
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ARTÍCULO 7. REQUISITOS ESPECÍFICOS.
1. Para el acceso al servicio de Ayuda a Domicilio en sus modalidades de atención personal y
atención doméstica será necesario acreditar en el momento de presentación de la solicitud los
siguientes requisitos:
1.1. Tener cumplidos 65 años. También podrán acceder menores de dicha edad que
tengan resolución dictada por el órgano competente de la Comunidad Autónoma,
acreditando un porcentaje superior al 33% de discapacidad.
1.2. Precisar de un apoyo especial para la permanencia en su medio habitual por
razones de edad, diversidad funcional, salud o situación familiar.
1.3. No padecer enfermedad infecto-contagiosa.
También podrán acceder al Servicio de Ayuda a Domicilio, familias cuando en el seno de éstas,
existan graves problemas sociales, o se den los casos de ausencia o incapacitación del/de la o
los/las cabezas de familias. La atención a familias se entenderá provisional y siempre que
subsistan las condiciones que motivaron la condición del servicio.
ARTÍCULO 8. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PERSONAS BENEFICIARIAS DEL
SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO.
Son derechos de las personas beneficiarias:
a) Ser respetadas y tratadas con dignidad, respetando el programa de intervención y el
horario concedido, salvo el tiempo necesario para el desplazamiento del personal
prestador del servicio entre los domicilios.
b) La confidencialidad en la recogida y tratamiento de sus datos, de acuerdo con la Ley
3/2018 de 5 de diciembre de protección de datos personales y garantía de los derechos
digitales.
c) Recibir una atención individualizada acorde a sus necesidades específicas.
d) Recibir adecuadamente el servicio con el contenido y la duración que en cada caso se
prescriba.
e) Recibir orientación sobre los recursos alternativos, que en su caso sean necesarios.
f) Ser informados/as de la tramitación de su expediente.
CVE:
BOP-2024-6773
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 27 de diciembre de 2024
N.º 0249
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