Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2024-6756)
BOP-2024-6756 Convocatoria Pruebas selectivas bolsa de trabajo temporal de Agente de Empleo y Desarrollo Local.
18 páginas totales
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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CSV: 15250271643135552561 en http://sede.caceres.es
actividades formativas venga determinada en días, el Tribunal valorará 5 horas por día, de
acuerdo con criterios de proporcionalidad y siempre que se acrediten con claridad los días
concretos de celebración de la acción formativa. En caso de que en las acreditaciones de
las actividades formativas aportadas figuren tanto las horas de formación como los
créditos, se tendrán en cuenta éstos últimos para su valoración, siempre y cuando dichas
actividades formativas tengan diez o más horas de duración.
No se valorarán los pertenecientes a una carrera universitaria, los de doctorado, las
prácticas, colaboraciones o tutorías, y los diplomas relativos a jornadas, seminarios,
simposios y similares.
Ello, no obstante, el órgano de selección se reserva el derecho de poder exigir al aspirante
cualquier documentación complementaria.
La valoración se realizará de acuerdo con el siguiente baremo:
. Por asistir a cursos o actividades formativas y/o impartidas.
La máxima puntuación a obtener en este subapartado será de 20 puntos.
Actividades formativas realizadas y/o impartidas en las que no se especifique número de
horas, se valorarán con 0,60 puntos por cada actividad formativa
Se valorarán con 2 puntos por cada crédito de cada una de las demás actividades
formativas realizadas y/o impartidas por los/as aspirantes, estableciéndose la equivalencia
de 1 crédito con 10 horas.
La valoración del mérito de formación impartida deberá acreditarse mediante original o
copia de la certificación que exprese que se ha participado como docente en una
determinada actividad formativa y en la que se acrediten las horas impartidas de docencia,
no valorándose las prácticas, las direcciones, las colaboraciones, ni las tutorías.
En caso de que en las acreditaciones de las actividades formativas aportadas figuren
tanto las horas de formación como los créditos, se tendrán en cuenta éstos últimos para
su valoración, siempre y cuando dichas actividades formativas tengan diez o más horas
de duración.
b.2) Titulación
La máxima puntuación a obtener en este subapartado será de 3 puntos
Por estar en posesión de titulación de nivel superior a la mínima exigida o de otra titulación
de igual nivel a la exigida, para el ingreso en cada uno de los Grupos de clasificación
CVE:
BOP-2024-6756
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 27 de diciembre de 2024
N.º 0249
Pág. 28738
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actividades formativas venga determinada en días, el Tribunal valorará 5 horas por día, de
acuerdo con criterios de proporcionalidad y siempre que se acrediten con claridad los días
concretos de celebración de la acción formativa. En caso de que en las acreditaciones de
las actividades formativas aportadas figuren tanto las horas de formación como los
créditos, se tendrán en cuenta éstos últimos para su valoración, siempre y cuando dichas
actividades formativas tengan diez o más horas de duración.
No se valorarán los pertenecientes a una carrera universitaria, los de doctorado, las
prácticas, colaboraciones o tutorías, y los diplomas relativos a jornadas, seminarios,
simposios y similares.
Ello, no obstante, el órgano de selección se reserva el derecho de poder exigir al aspirante
cualquier documentación complementaria.
La valoración se realizará de acuerdo con el siguiente baremo:
. Por asistir a cursos o actividades formativas y/o impartidas.
La máxima puntuación a obtener en este subapartado será de 20 puntos.
Actividades formativas realizadas y/o impartidas en las que no se especifique número de
horas, se valorarán con 0,60 puntos por cada actividad formativa
Se valorarán con 2 puntos por cada crédito de cada una de las demás actividades
formativas realizadas y/o impartidas por los/as aspirantes, estableciéndose la equivalencia
de 1 crédito con 10 horas.
La valoración del mérito de formación impartida deberá acreditarse mediante original o
copia de la certificación que exprese que se ha participado como docente en una
determinada actividad formativa y en la que se acrediten las horas impartidas de docencia,
no valorándose las prácticas, las direcciones, las colaboraciones, ni las tutorías.
En caso de que en las acreditaciones de las actividades formativas aportadas figuren
tanto las horas de formación como los créditos, se tendrán en cuenta éstos últimos para
su valoración, siempre y cuando dichas actividades formativas tengan diez o más horas
de duración.
b.2) Titulación
La máxima puntuación a obtener en este subapartado será de 3 puntos
Por estar en posesión de titulación de nivel superior a la mínima exigida o de otra titulación
de igual nivel a la exigida, para el ingreso en cada uno de los Grupos de clasificación
CVE:
BOP-2024-6756
Verificable
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N.º 0249
Pág. 28738