Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2024-6756)
BOP-2024-6756 Convocatoria Pruebas selectivas bolsa de trabajo temporal de Agente de Empleo y Desarrollo Local.
18 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Documento firmado electrónicamente (RD 203/2021). La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el
CSV: 15250271643135552561 en http://sede.caceres.es
1. Por haber superado el primer ejercicio de la fase de oposición de pruebas
selectivas para la provisión definitiva de un puesto de Agente de Empleo y
Desarrollo Local en las Administraciones Publicas : 5 puntos.
2. Por haber superado los dos ejercicio de la fase de oposición de pruebas
selectivas para la provisión definitiva de un puesto de Agente de Empleo y
Desarrollo Local en las Administraciones Publicas : 10 puntos.
c)Otros méritos
La máxima puntuación a obtener en este apartado será de 20 puntos.
b.1) Formación
Se valorarán los cursos de formación, recibidos o impartidos, que hayan sido convocados,
impartidos u homologados por el Instituto Nacional de Administración Pública, por
Administraciones Públicas u Organismos y Organizaciones dependientes de ellas, o por
organizaciones sindicales u otros agentes promotores dentro del marco del Acuerdo de
Formación para el empleo de las Administraciones Públicas, Universidades y colegios
profesionales, cuyo contenido esté directamente relacionado con las funciones propias del
cuerpo, escala y subescala o categoría profesional a la que se opta. Asimismo, se
valorarán los cursos de formación, recibidos o impartidos, que hayan sido convocados,
impartidos u homologados por los agentes anteriores, con contenidos transversales y
complementarios que contribuyan al desarrollo personal y profesional de los empleados
públicos.
Son materias transversales a efectos formativos los correspondientes a las siguientes áreas:
- Formación en el ámbito de desarrollo local y empleo.
-.Formación en igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres y violencia de
género.
-. Formación sobre la Agenda 2030 y los objetivos de desarrollo sostenibles.
- Formación sobre competencias digitales.
- Formación relacionada con el Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre,
por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado
Público.
- Formación relacionada con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Formación relacionada con la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos
del Sector Público.
- Prevención de riesgos laborales.
La formación impartida o recibida se acreditará mediante diplomas o certificados originales
o copia de los mismos en horas y/o créditos. No obstante, cuando la duración de las
CVE:
BOP-2024-6756
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 27 de diciembre de 2024
N.º 0249
Pág. 28737
CSV: 15250271643135552561 en http://sede.caceres.es
1. Por haber superado el primer ejercicio de la fase de oposición de pruebas
selectivas para la provisión definitiva de un puesto de Agente de Empleo y
Desarrollo Local en las Administraciones Publicas : 5 puntos.
2. Por haber superado los dos ejercicio de la fase de oposición de pruebas
selectivas para la provisión definitiva de un puesto de Agente de Empleo y
Desarrollo Local en las Administraciones Publicas : 10 puntos.
c)Otros méritos
La máxima puntuación a obtener en este apartado será de 20 puntos.
b.1) Formación
Se valorarán los cursos de formación, recibidos o impartidos, que hayan sido convocados,
impartidos u homologados por el Instituto Nacional de Administración Pública, por
Administraciones Públicas u Organismos y Organizaciones dependientes de ellas, o por
organizaciones sindicales u otros agentes promotores dentro del marco del Acuerdo de
Formación para el empleo de las Administraciones Públicas, Universidades y colegios
profesionales, cuyo contenido esté directamente relacionado con las funciones propias del
cuerpo, escala y subescala o categoría profesional a la que se opta. Asimismo, se
valorarán los cursos de formación, recibidos o impartidos, que hayan sido convocados,
impartidos u homologados por los agentes anteriores, con contenidos transversales y
complementarios que contribuyan al desarrollo personal y profesional de los empleados
públicos.
Son materias transversales a efectos formativos los correspondientes a las siguientes áreas:
- Formación en el ámbito de desarrollo local y empleo.
-.Formación en igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres y violencia de
género.
-. Formación sobre la Agenda 2030 y los objetivos de desarrollo sostenibles.
- Formación sobre competencias digitales.
- Formación relacionada con el Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre,
por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado
Público.
- Formación relacionada con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Formación relacionada con la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos
del Sector Público.
- Prevención de riesgos laborales.
La formación impartida o recibida se acreditará mediante diplomas o certificados originales
o copia de los mismos en horas y/o créditos. No obstante, cuando la duración de las
CVE:
BOP-2024-6756
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 27 de diciembre de 2024
N.º 0249
Pág. 28737