Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cabezabellosa. (BOP-2024-6755)
BOP-2024-6755 Memoria, Proyecto de Precio y de Estatutos Creación Comunidad Ciudadana de Energía.
82 páginas totales
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4. A ser informada acerca de la composición de los órganos de gobierno
y representación de la asociación, de su estado de cuentas y del
desarrollo de su actividad.
5. Conocer, en cualquier momento, la identidad de las demás personas
socias de la Asociación, el estado de cuentas de ingresos y gastos, y el
desarrollo de la actividad de ésta, en los términos previstos en la
normativa de protección de datos de carácter personal.
6. Ser convocada a las asambleas generales, asistir a ellas y ejercitar el
derecho de voz y voto en las mismas, pudiendo conferir, a tal efecto,
su representación a otras personas socias.
7. Participar, de acuerdo con los presentes Estatutos, en los órganos de
la Asociación, siendoelectora y elegible para los mismos.
8. Figurar en el fichero de personas socias previsto en la legislación
vigente, y hacer uso delemblema de la Asociación, si lo hubiere.
9. Poseer un ejemplar de los Estatutos y del Reglamento de Régimen
Interior, si lo hubiere, y presentar solicitudes y quejas ante los órganos
directivos.
10. Participar en los actos sociales colectivos, y disfrutar de los
elementos destinados a uso comúnde las personas socias (local social,
bibliotecas, etc.).
11. Ser oída, con carácter previo a la adopción de medidas disciplinarias,
e informada de las causas que motiven aquéllas que sólo podrán
fundarse en el incumplimiento de sus deberes como personas socias.
Artículo 25º.- Deberes de los asociados.
Los asociados tendrán las siguientes obligaciones:
a. Compartir las finalidades de la asociación y colaborar en su consecución.
CVE:
BOP-2024-6755
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 27 de diciembre de 2024
N.º 0249
Pág. 28711
4. A ser informada acerca de la composición de los órganos de gobierno
y representación de la asociación, de su estado de cuentas y del
desarrollo de su actividad.
5. Conocer, en cualquier momento, la identidad de las demás personas
socias de la Asociación, el estado de cuentas de ingresos y gastos, y el
desarrollo de la actividad de ésta, en los términos previstos en la
normativa de protección de datos de carácter personal.
6. Ser convocada a las asambleas generales, asistir a ellas y ejercitar el
derecho de voz y voto en las mismas, pudiendo conferir, a tal efecto,
su representación a otras personas socias.
7. Participar, de acuerdo con los presentes Estatutos, en los órganos de
la Asociación, siendoelectora y elegible para los mismos.
8. Figurar en el fichero de personas socias previsto en la legislación
vigente, y hacer uso delemblema de la Asociación, si lo hubiere.
9. Poseer un ejemplar de los Estatutos y del Reglamento de Régimen
Interior, si lo hubiere, y presentar solicitudes y quejas ante los órganos
directivos.
10. Participar en los actos sociales colectivos, y disfrutar de los
elementos destinados a uso comúnde las personas socias (local social,
bibliotecas, etc.).
11. Ser oída, con carácter previo a la adopción de medidas disciplinarias,
e informada de las causas que motiven aquéllas que sólo podrán
fundarse en el incumplimiento de sus deberes como personas socias.
Artículo 25º.- Deberes de los asociados.
Los asociados tendrán las siguientes obligaciones:
a. Compartir las finalidades de la asociación y colaborar en su consecución.
CVE:
BOP-2024-6755
Verificable
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Pág. 28711