Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cabezabellosa. (BOP-2024-6755)
BOP-2024-6755 Memoria, Proyecto de Precio y de Estatutos Creación Comunidad Ciudadana de Energía.
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Corresponde a la Asamblea General Extraordinaria, en los supuestos
previstos por la ley, previa convocatoria por la Junta Directiva o cuando lo solicite por
escrito un 10% de las personas asociadas, indicando los motivos y fin de la reunión
y, en todo caso, para conocer y decidir sobre las siguientes materias:
a. Modificaciones Estatutarias.
b. Disolución de la Asociación.
Capítulo IV.- Junta Directiva.
Artículo 13º.- Naturaleza y composición.
La Junta Directiva es el órgano colegiado de dirección permanente de la
Asociación, que gestiona y representa los intereses de la misma de acuerdo con las
disposiciones y directivas de la Asamblea General. Solo podrán formar parte del órgano
de representación las personas socias.
Una vez constituida la Junta Directiva, estará formada por un mínimo de tres
miembros (que coincidirán con los cargos de Presidencia, Secretaría -que será un
miembro del propio órgano y Tesorería de la Asociación) y hasta un máximo de siete
miembros (siendo el resto de miembros considerados vocales), los cuales serán
nombrados en la Asamblea General entre los asociados en pleno uso de sus derechos
civiles, siempre que no estén incursos en motivos de incompatibilidad legalmente
establecidos.
Los cargos directivos son honoríficos y no remunerados. El Presidente,
Vicepresidente y Secretario de la Junta Directiva serán, asimismo, Presidente,
Vicepresidente y Secretario de la Asociación y de la Asamblea General.
Artículo 14º.- Procedimientos para la elección, sustitución y cese de miembros.
CVE:
BOP-2024-6755
Verificable
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http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 27 de diciembre de 2024
N.º 0249
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