Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cabezabellosa. (BOP-2024-6755)
BOP-2024-6755 Memoria, Proyecto de Precio y de Estatutos Creación Comunidad Ciudadana de Energía.
82 páginas totales
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Por razones de urgencia, podrán reducirse los mencionados plazos, menor
de 5 días y mayor de 24 horas, antes de tomar decisiones de especial gravedad
consideradas urgentes. De este tipo de decisiones se dará siempre cuenta ante la
Asamblea General ordinaria o extraordinaria convocadas en la forma habitual.
Artículo 10º.- Quorum de validez de constitución y quorum de adopción
de acuerdos.
Las Asambleas Generales, tanto ordinarias como extraordinarias, quedarán
válidamente constituidas, en primera convocatoria, cuando concurran a ellas,
presentes o debidamente representados, al menos, la mitad más uno de los
asociados con derecho a voto y cualquiera que sea el número de los asociados
asistentes, en la segunda convocatoria.
No podrán ser objeto de discusión ni sometidos a votación en las
Asambleas más asuntos que los que figuren previamente en el orden del día.
Los acuerdos se tomarán por mayoría simple de votos de los asociados
presentes o representados, cuando los votos afirmativos superen a los negativos. No
obstante, requerirá una mayoría absoluta (mitad del número de asociados
existentes más 1) de las personas presentes o representadas,los siguientes acuerdos:
a. La disolución de la asociación.
b. La modificación de estatutos.
c. La disposición o enajenación de bienes.
No podrán ser objeto de discusión ni sometidos a votación en las Asambleas
más asuntos que los que figuren previamente en el orden del día.
Los Acuerdos de las Reuniones de la Junta Directiva y Asambleas quedarán
registradas en las Actas realizadas por el Secretario, que las firmará junto con el
Presidente de la Asociación, una vez sean aprobadas en Junta o en Asamblea, según
proceda.
CVE:
BOP-2024-6755
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 27 de diciembre de 2024
N.º 0249
Pág. 28697
Por razones de urgencia, podrán reducirse los mencionados plazos, menor
de 5 días y mayor de 24 horas, antes de tomar decisiones de especial gravedad
consideradas urgentes. De este tipo de decisiones se dará siempre cuenta ante la
Asamblea General ordinaria o extraordinaria convocadas en la forma habitual.
Artículo 10º.- Quorum de validez de constitución y quorum de adopción
de acuerdos.
Las Asambleas Generales, tanto ordinarias como extraordinarias, quedarán
válidamente constituidas, en primera convocatoria, cuando concurran a ellas,
presentes o debidamente representados, al menos, la mitad más uno de los
asociados con derecho a voto y cualquiera que sea el número de los asociados
asistentes, en la segunda convocatoria.
No podrán ser objeto de discusión ni sometidos a votación en las
Asambleas más asuntos que los que figuren previamente en el orden del día.
Los acuerdos se tomarán por mayoría simple de votos de los asociados
presentes o representados, cuando los votos afirmativos superen a los negativos. No
obstante, requerirá una mayoría absoluta (mitad del número de asociados
existentes más 1) de las personas presentes o representadas,los siguientes acuerdos:
a. La disolución de la asociación.
b. La modificación de estatutos.
c. La disposición o enajenación de bienes.
No podrán ser objeto de discusión ni sometidos a votación en las Asambleas
más asuntos que los que figuren previamente en el orden del día.
Los Acuerdos de las Reuniones de la Junta Directiva y Asambleas quedarán
registradas en las Actas realizadas por el Secretario, que las firmará junto con el
Presidente de la Asociación, una vez sean aprobadas en Junta o en Asamblea, según
proceda.
CVE:
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N.º 0249
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