Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Montehermoso. (BOP-2024-6628)
BOP-2024-6628 Publicación bases de selección contratación personal Plan Extraordinario de la Diputación Provincial de Cáceres 2024.
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Ayuntamiento de Montehermoso Pág.7 de 6
la contratación.
El cumplimiento del requisito de estar inscrito como demandante de empleo por parte
de los aspirantes que conforman la lista de espera, será verificado por el centro de
empleo, previa presentación de oferta de empleo que debe efectuar la entidad local y
que tendrá idénticas características a la que dio lugar a la contratación que se pretende
sustituir.
La persona a quien se contrate como sustituta deberá desempeñar en todo caso, la
misma actividad que la persona a quien sustituye.
Si no hubiera candidatos de la lista de espera, se presentará nueva oferta de empleo para
cubrir el puesto dejado vacante.
En el caso de suspensión del contrato subvencionado con derecho a reserva del puesto
de trabajo, en los supuestos a los que se refiere el artículo 48.1 del Estatuto de los
Trabajadores, la entidad beneficiaria no tiene obligación de su sustitución. No obstante,
si se opta por sustituir a la persona trabajadora con contrato suspendido, esta sustitución
se regirá por las mismas normas anteriores.
Cuando finalice la sustitución por la reincorporación de la persona sustituida a su puesto
de trabajo, el sustituto volverá a incorporarse a la lista de espera ocupando la última
posición de la misma.
La sustitución de personas con discapacidad a quienes se haya contratados por el turno
especial seguirá las mismas reglas que lo dispuesto anteriormente. No obstante, si no
hubiera sido posible realizar la sustitución con otra persona que esté inscrita como
persona desempleada con discapacidad, y así lo certifique el Centro de Empleo, podrá
cubrirse la vacante con otra persona que no tenga la condición de discapacidad
preferentemente entre las que están incluidas en alguna de las listas de espera que se
hayan generado para otras ocupaciones del Ayuntamiento.
La lista de espera podrá ser utilizada por este Ayuntamiento, tanto para cubrir renuncias,
sustituciones de este Programa, no pasar el periodo de prueba o cualquier otra
circunstancia sobrevenida y siempre mientras dure la convocatoria anual quedando
derogada con la siguiente.
LA ALCALDESA-PRESIDENTA
(Documento firmado electrónicamente)
Cód.
Validación:
9S93TLRGCCZNDZZKHFFK6SRK5
Verificación:
https://ayuntamientodemontehermoso.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
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CVE:
BOP-2024-6628
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 20 de diciembre de 2024
N.º 0245
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la contratación.
El cumplimiento del requisito de estar inscrito como demandante de empleo por parte
de los aspirantes que conforman la lista de espera, será verificado por el centro de
empleo, previa presentación de oferta de empleo que debe efectuar la entidad local y
que tendrá idénticas características a la que dio lugar a la contratación que se pretende
sustituir.
La persona a quien se contrate como sustituta deberá desempeñar en todo caso, la
misma actividad que la persona a quien sustituye.
Si no hubiera candidatos de la lista de espera, se presentará nueva oferta de empleo para
cubrir el puesto dejado vacante.
En el caso de suspensión del contrato subvencionado con derecho a reserva del puesto
de trabajo, en los supuestos a los que se refiere el artículo 48.1 del Estatuto de los
Trabajadores, la entidad beneficiaria no tiene obligación de su sustitución. No obstante,
si se opta por sustituir a la persona trabajadora con contrato suspendido, esta sustitución
se regirá por las mismas normas anteriores.
Cuando finalice la sustitución por la reincorporación de la persona sustituida a su puesto
de trabajo, el sustituto volverá a incorporarse a la lista de espera ocupando la última
posición de la misma.
La sustitución de personas con discapacidad a quienes se haya contratados por el turno
especial seguirá las mismas reglas que lo dispuesto anteriormente. No obstante, si no
hubiera sido posible realizar la sustitución con otra persona que esté inscrita como
persona desempleada con discapacidad, y así lo certifique el Centro de Empleo, podrá
cubrirse la vacante con otra persona que no tenga la condición de discapacidad
preferentemente entre las que están incluidas en alguna de las listas de espera que se
hayan generado para otras ocupaciones del Ayuntamiento.
La lista de espera podrá ser utilizada por este Ayuntamiento, tanto para cubrir renuncias,
sustituciones de este Programa, no pasar el periodo de prueba o cualquier otra
circunstancia sobrevenida y siempre mientras dure la convocatoria anual quedando
derogada con la siguiente.
LA ALCALDESA-PRESIDENTA
(Documento firmado electrónicamente)
Cód.
Validación:
9S93TLRGCCZNDZZKHFFK6SRK5
Verificación:
https://ayuntamientodemontehermoso.sedelectronica.es/
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