Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2024-6616)
BOP-2024-6616 Bases convocatoria cobertura en propiedad de una plaza de Oficial de Electricidad, personal laboral. Sistema de concurso - oposición. Turno libre. OEP 2021.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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No será procedente la devolución de los derechos de examen en los supuestos
de exclusión en las pruebas selectivas por causa imputable a la persona interesada.
Beneficios fiscales:
Las personas aspirantes podrán acogerse a las exenciones y bonificaciones
fiscales, que seguidamente serán señalados, debiendo en estos casos acompañar a su
solicitud, además del documento justificativo del pago de los derechos de examen, la
documentación acreditativa de la situación que le permite acogerse a los mismos, siendo
causa de exclusión del proceso selectivo, el no abonar los derechos de examen en el
plazo previsto para la presentación de instancias o hacerlo en cuantía reducida sin
aportar la documentación exigida.
1) Exenciones fiscales.
Estarán exentos/as de abonar derechos de examen:
Las personas que tengan reconocida por la Administración Pública competente
un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100 (La discapacidad se acredita
con certificación expedida por el IMSERSO u órgano competente de las Comunidades
Autónomas).
Los/as aspirantes que pertenezcan a una unidad familiar cuyos ingresos totales
sean iguales o inferiores a 1,2304 veces la cuantía del Indicador Público de Renta con
Efectos Múltiples –IPREM- referido a 14 mensualidades. (Para acogerse a esta
exención la persona solicitante deberá acompañar una DECLARACIÓN
RESPONSABLE, utilizando el modelo que se encuentra en la sede electrónica del
Ayuntamiento de Cáceres, https://sede.caceres.es, en el apartado “tramitación”, y para
su cumplimentación deberá tener en cuenta los siguientes aspectos:
La cuantía del IPREM correspondiente a 2024 en 14 mensualidades es 8.400 €.
Para el cálculo de la cuantía familiar se tendrá en cuenta la suma de las rentas
percibidas por cada uno de los miembros de la unidad familiar, referidas al año natural
anterior al del último día fijado para la presentación de solicitudes. Si se hubieran
CVE:
BOP-2024-6616
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 20 de diciembre de 2024
N.º 0245
Pág. 27972
No será procedente la devolución de los derechos de examen en los supuestos
de exclusión en las pruebas selectivas por causa imputable a la persona interesada.
Beneficios fiscales:
Las personas aspirantes podrán acogerse a las exenciones y bonificaciones
fiscales, que seguidamente serán señalados, debiendo en estos casos acompañar a su
solicitud, además del documento justificativo del pago de los derechos de examen, la
documentación acreditativa de la situación que le permite acogerse a los mismos, siendo
causa de exclusión del proceso selectivo, el no abonar los derechos de examen en el
plazo previsto para la presentación de instancias o hacerlo en cuantía reducida sin
aportar la documentación exigida.
1) Exenciones fiscales.
Estarán exentos/as de abonar derechos de examen:
Las personas que tengan reconocida por la Administración Pública competente
un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100 (La discapacidad se acredita
con certificación expedida por el IMSERSO u órgano competente de las Comunidades
Autónomas).
Los/as aspirantes que pertenezcan a una unidad familiar cuyos ingresos totales
sean iguales o inferiores a 1,2304 veces la cuantía del Indicador Público de Renta con
Efectos Múltiples –IPREM- referido a 14 mensualidades. (Para acogerse a esta
exención la persona solicitante deberá acompañar una DECLARACIÓN
RESPONSABLE, utilizando el modelo que se encuentra en la sede electrónica del
Ayuntamiento de Cáceres, https://sede.caceres.es, en el apartado “tramitación”, y para
su cumplimentación deberá tener en cuenta los siguientes aspectos:
La cuantía del IPREM correspondiente a 2024 en 14 mensualidades es 8.400 €.
Para el cálculo de la cuantía familiar se tendrá en cuenta la suma de las rentas
percibidas por cada uno de los miembros de la unidad familiar, referidas al año natural
anterior al del último día fijado para la presentación de solicitudes. Si se hubieran
CVE:
BOP-2024-6616
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 20 de diciembre de 2024
N.º 0245
Pág. 27972