Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2024-6616)
BOP-2024-6616 Bases convocatoria cobertura en propiedad de una plaza de Oficial de Electricidad, personal laboral. Sistema de concurso - oposición. Turno libre. OEP 2021.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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adaptaciones en tiempo y medios necesarios para la realización de las pruebas
selectivas, debiendo reflejar las necesidades específicas que tiene para acceder al
proceso de selección en igualdad de condiciones.
A efectos de valorar la procedencia de la concesión de las adaptaciones
solicitadas, se recabará del/a candidato/a el correspondiente certificado o información
adicional. La adaptación no se otorgará de forma automática, sino únicamente en
aquellos casos en que la discapacidad guarde relación directa con la prueba a realizar.
A tal efecto, el Tribunal de Selección atenderá a lo dispuesto en el artículo 9 del
Decreto111/2017, de 18 de julio y en la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que
se establecen los criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los
procesos selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad.
El Tribunal oirá al/a interesado/a, y pedirá asesoramiento y, en su caso,
colaboración de los órganos técnicos y asociaciones competentes.
Derechos de Examen
Los derechos de examen, que se fijan en la cantidad prevista en la Ordenanza
Fiscal y ascienden a 22 euros, serán satisfechos por los/las aspirantes con motivo de la
presentación de su instancia, a través de la siguiente cuenta bancaria de la cual es titular
el Ayuntamiento de Cáceres: Entidad: ABANCA Cuenta nº: ES39 2080 3580 9030 4002
0126, especificándose Derechos de Examen; Nombre, Apellidos, DNI y la convocatoria
y/o plaza por la que se opta.
Deberá acompañarse a la instancia de solicitud de participación en el proceso
selectivo una copia del documento justificativo del abono de los derechos de examen
dentro del plazo para la presentación de instancias. En ningún caso, la mera
presentación de la acreditación del pago de la tasa supondrá la sustitución del trámite
de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación.
Será causa de exclusión del proceso selectivo, el no abono de los derechos de
examen en el plazo previsto para la presentación de instancias, y éstos sólo serán
devueltos en el caso de no ser admitidos/as al concurso oposición libre previa solicitud
por el/la interesado/a y previa entrega del correspondiente impreso de “Alta de
Terceros”.
CVE:
BOP-2024-6616
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 20 de diciembre de 2024
N.º 0245
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adaptaciones en tiempo y medios necesarios para la realización de las pruebas
selectivas, debiendo reflejar las necesidades específicas que tiene para acceder al
proceso de selección en igualdad de condiciones.
A efectos de valorar la procedencia de la concesión de las adaptaciones
solicitadas, se recabará del/a candidato/a el correspondiente certificado o información
adicional. La adaptación no se otorgará de forma automática, sino únicamente en
aquellos casos en que la discapacidad guarde relación directa con la prueba a realizar.
A tal efecto, el Tribunal de Selección atenderá a lo dispuesto en el artículo 9 del
Decreto111/2017, de 18 de julio y en la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que
se establecen los criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los
procesos selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad.
El Tribunal oirá al/a interesado/a, y pedirá asesoramiento y, en su caso,
colaboración de los órganos técnicos y asociaciones competentes.
Derechos de Examen
Los derechos de examen, que se fijan en la cantidad prevista en la Ordenanza
Fiscal y ascienden a 22 euros, serán satisfechos por los/las aspirantes con motivo de la
presentación de su instancia, a través de la siguiente cuenta bancaria de la cual es titular
el Ayuntamiento de Cáceres: Entidad: ABANCA Cuenta nº: ES39 2080 3580 9030 4002
0126, especificándose Derechos de Examen; Nombre, Apellidos, DNI y la convocatoria
y/o plaza por la que se opta.
Deberá acompañarse a la instancia de solicitud de participación en el proceso
selectivo una copia del documento justificativo del abono de los derechos de examen
dentro del plazo para la presentación de instancias. En ningún caso, la mera
presentación de la acreditación del pago de la tasa supondrá la sustitución del trámite
de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación.
Será causa de exclusión del proceso selectivo, el no abono de los derechos de
examen en el plazo previsto para la presentación de instancias, y éstos sólo serán
devueltos en el caso de no ser admitidos/as al concurso oposición libre previa solicitud
por el/la interesado/a y previa entrega del correspondiente impreso de “Alta de
Terceros”.
CVE:
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Verificable
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