Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2024-6615)
BOP-2024-6615 Bases convocatoria proceso selectivo 10 plazas de Trabajador/a Social, personal funcionario. Sistema concurso - oposición. Turno libre. Oferta de empleo público 2021, 2022 y 2024.
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Finalizadas las pruebas selectivas objeto de esta convocatoria, para la constitución de
listas de espera, en los términos previstos en el artículo 29 del Decreto 201/1995, de 26 de
diciembre, con los/as aspirantes que no superen el proceso de selección, formando parte de la
lista de espera aquellos/as aspirantes que sin haber superado el proceso de selección, hayan
aprobado al menos el primer ejercicio de la oposición.
OCTAVA. NORMATIVA DE APLICACIÓN.
Las pruebas selectivas se regirán, además de por lo establecido en estas bases, por lo
dispuesto en el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado
por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, en el Real Decreto 896/1991, de 7 de
junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse
el procedimiento de selección de los funcionarios de la Administración Local, en la Ley 13/2015,
de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura, en el Reglamento General de Ingreso del
Personal al Servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, aprobado
por Decreto 201/1995, de 26 de diciembre, en el Decreto 111/2017, de 18 de julio, por el que
se regula el acceso de las personas con discapacidad al empleo público de la Comunidad
Autónoma de Extremadura y medidas favorecedoras de la integración de los empleados
públicos con discapacidad y en el Decreto 170/2002, de 17 de diciembre, por el que se regula el
acceso al Empleo Público de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura de
ciudadanos nacionales de otros Estados a los que sea aplicable el derecho de libre circulación de
trabajadores y de ciudadanos extranjeros residentes en España y demás normas concordantes
de general aplicación.
NOVENA. IMPUGNACIÓN.
Contra la presente orden de convocatoria, que agota la vía administrativa, los/as
interesados/as podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la
Alcaldía en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín
Oficial de la Provincia, o bien, interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante
el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día
siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia. En caso de interponer recurso
de reposición, no se podrá impugnar en vía contencioso-administrativa la presente orden, hasta
que se haya resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta de aquél.
Todo ello sin perjuicio de ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente.
PROGRAMA ANEXO A LA CONVOCATORIA
PARTE GENERAL
Tema 1.‐ La Constitución Española de 1978 (I): Características. Estructura. Título Preliminar.
Los derechos y deberes fundamentales. La Corona.
Tema 2.- La Constitución Española de 1978 (II): El Gobierno, concepto, funciones, deberes y
regulación. Las Cortes Generales: Las Cámaras. La elaboración de las leyes. El Tribunal
Constitucional. La reforma constitucional.
Tema 3.- La Constitución Española de 1978 (III): La Organización Territorial del Estado. Las
Comunidades Autónomas: formas de acceso a la autonomía. Los Estatutos de Autonomía:
significado, elaboración, contenido y valor normativo. Distribución competencial.
Tema 4.- El Estatuto de Autonomía de Extremadura: Estructura. Disposiciones Generales.
Derechos, Deberes y Principios Rectores. Las Competencias. Las Instituciones de
Extremadura. El Poder Judicial en Extremadura.
CVE:
BOP-2024-6615
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 20 de diciembre de 2024
N.º 0245
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Finalizadas las pruebas selectivas objeto de esta convocatoria, para la constitución de
listas de espera, en los términos previstos en el artículo 29 del Decreto 201/1995, de 26 de
diciembre, con los/as aspirantes que no superen el proceso de selección, formando parte de la
lista de espera aquellos/as aspirantes que sin haber superado el proceso de selección, hayan
aprobado al menos el primer ejercicio de la oposición.
OCTAVA. NORMATIVA DE APLICACIÓN.
Las pruebas selectivas se regirán, además de por lo establecido en estas bases, por lo
dispuesto en el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado
por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, en el Real Decreto 896/1991, de 7 de
junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse
el procedimiento de selección de los funcionarios de la Administración Local, en la Ley 13/2015,
de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura, en el Reglamento General de Ingreso del
Personal al Servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, aprobado
por Decreto 201/1995, de 26 de diciembre, en el Decreto 111/2017, de 18 de julio, por el que
se regula el acceso de las personas con discapacidad al empleo público de la Comunidad
Autónoma de Extremadura y medidas favorecedoras de la integración de los empleados
públicos con discapacidad y en el Decreto 170/2002, de 17 de diciembre, por el que se regula el
acceso al Empleo Público de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura de
ciudadanos nacionales de otros Estados a los que sea aplicable el derecho de libre circulación de
trabajadores y de ciudadanos extranjeros residentes en España y demás normas concordantes
de general aplicación.
NOVENA. IMPUGNACIÓN.
Contra la presente orden de convocatoria, que agota la vía administrativa, los/as
interesados/as podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la
Alcaldía en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín
Oficial de la Provincia, o bien, interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante
el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día
siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia. En caso de interponer recurso
de reposición, no se podrá impugnar en vía contencioso-administrativa la presente orden, hasta
que se haya resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta de aquél.
Todo ello sin perjuicio de ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente.
PROGRAMA ANEXO A LA CONVOCATORIA
PARTE GENERAL
Tema 1.‐ La Constitución Española de 1978 (I): Características. Estructura. Título Preliminar.
Los derechos y deberes fundamentales. La Corona.
Tema 2.- La Constitución Española de 1978 (II): El Gobierno, concepto, funciones, deberes y
regulación. Las Cortes Generales: Las Cámaras. La elaboración de las leyes. El Tribunal
Constitucional. La reforma constitucional.
Tema 3.- La Constitución Española de 1978 (III): La Organización Territorial del Estado. Las
Comunidades Autónomas: formas de acceso a la autonomía. Los Estatutos de Autonomía:
significado, elaboración, contenido y valor normativo. Distribución competencial.
Tema 4.- El Estatuto de Autonomía de Extremadura: Estructura. Disposiciones Generales.
Derechos, Deberes y Principios Rectores. Las Competencias. Las Instituciones de
Extremadura. El Poder Judicial en Extremadura.
CVE:
BOP-2024-6615
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 20 de diciembre de 2024
N.º 0245
Pág. 27962