Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Santa Cruz de Paniagua. (BOP-2024-6567)
BOP-2024-6567 Aprobación definitiva de los Estatutos de la Agrupación para el sostenimiento en común de un único puesto de Secretaría e Intervención en el Ayuntamiento de Santa Cruz de Paniagua y la Entidad Local Menor Azabal, Cáceres.
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Secretaría-Intervención. La citada Agrupación se regirá por el presente Estatuto y por las
disposiciones legales que regulen la materia.
2. La Agrupación carecerá de personalidad jurídica distinta de las Entidades que la forman.
Artículo 2. Fines y puesto de trabajo que se agrupa.
1. La Agrupación tiene como único objeto disponer de un funcionario/a de Administración Local
con Habilitación de Carácter Nacional para el servicio de las Entidades Locales que la
componen, y el/la mismo/a tendrá los derechos y obligaciones generales que la legislación
vigente establece, más los especiales que se consignan en el presente Estatuto.
2. Se designará para el desempeño del puesto objeto de la Agrupación al/a la funcionario/a que
tenga destino definitivo en el puesto reservado de uno de los municipios de dicha Agrupación.
Si en el momento de la aprobación del expediente de Agrupación estuviesen cubiertos con
carácter definitivo dos o más puestos reservados en las Entidades agrupadas, la provisión del
puesto o puestos resultantes se efectuará de acuerdo con los principios de mérito y capacidad.
El funcionario/a que, como consecuencia de lo previsto en el párrafo anterior, cesare en su
puesto de trabajo, continuará percibiendo, en tanto se le atribuye otro puesto y durante un
plazo máximo de tres meses, las retribuciones básicas y complementarias correspondientes al
suprimido.
Artículo 3. Sede de la Agrupación.
La capitalidad de la agrupación se fija en el municipio de Santa Cruz de Paniagua (Cáceres),
en cuya Casa Consistorial tendrá su domicilio legal la Junta Administrativa de la Agrupación.
No obstante lo anterior, las sesiones de la Junta Administrativa, una vez constituida, tendrán
lugar en la Casa Consistorial de Santa Cruz de Paniagua los años impares, y en la de la
Entidad Local Menor Azabal los años pares.
Artículo 4. Órganos de gestión, competencias y normas de funcionamiento.
1. El órgano representativo de la Agrupación será la Junta Administrativa, órgano colegiadode
gobierno y administración con representación de las Entidades agrupadas, que se regirá por
los presentes Estatutos y estará integrado por tres representantes de cada Entidad agrupada,
sus miembros serán nombrados por los Plenos (en el caso de Azabal, por la Junta Vecinal) de
las respectivas Entidades agrupadas.
CVE:
BOP-2024-6567
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 18 de diciembre de 2024
N.º 0243
Pág. 27737
disposiciones legales que regulen la materia.
2. La Agrupación carecerá de personalidad jurídica distinta de las Entidades que la forman.
Artículo 2. Fines y puesto de trabajo que se agrupa.
1. La Agrupación tiene como único objeto disponer de un funcionario/a de Administración Local
con Habilitación de Carácter Nacional para el servicio de las Entidades Locales que la
componen, y el/la mismo/a tendrá los derechos y obligaciones generales que la legislación
vigente establece, más los especiales que se consignan en el presente Estatuto.
2. Se designará para el desempeño del puesto objeto de la Agrupación al/a la funcionario/a que
tenga destino definitivo en el puesto reservado de uno de los municipios de dicha Agrupación.
Si en el momento de la aprobación del expediente de Agrupación estuviesen cubiertos con
carácter definitivo dos o más puestos reservados en las Entidades agrupadas, la provisión del
puesto o puestos resultantes se efectuará de acuerdo con los principios de mérito y capacidad.
El funcionario/a que, como consecuencia de lo previsto en el párrafo anterior, cesare en su
puesto de trabajo, continuará percibiendo, en tanto se le atribuye otro puesto y durante un
plazo máximo de tres meses, las retribuciones básicas y complementarias correspondientes al
suprimido.
Artículo 3. Sede de la Agrupación.
La capitalidad de la agrupación se fija en el municipio de Santa Cruz de Paniagua (Cáceres),
en cuya Casa Consistorial tendrá su domicilio legal la Junta Administrativa de la Agrupación.
No obstante lo anterior, las sesiones de la Junta Administrativa, una vez constituida, tendrán
lugar en la Casa Consistorial de Santa Cruz de Paniagua los años impares, y en la de la
Entidad Local Menor Azabal los años pares.
Artículo 4. Órganos de gestión, competencias y normas de funcionamiento.
1. El órgano representativo de la Agrupación será la Junta Administrativa, órgano colegiadode
gobierno y administración con representación de las Entidades agrupadas, que se regirá por
los presentes Estatutos y estará integrado por tres representantes de cada Entidad agrupada,
sus miembros serán nombrados por los Plenos (en el caso de Azabal, por la Junta Vecinal) de
las respectivas Entidades agrupadas.
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