Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2024-6554)
BOP-2024-6554 Bases convocatoria cobertura en propiedad de una plaza de Coordinador/a de Juventud, personal funcionario, sistema de concurso oposición, turno libre, oferta de empleo público de 2021.
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puntuación obtenida en el apartado experiencia laboral de la fase de concurso y de
persistir se tendrá en cuenta la mayor puntuación obtenida en el apartado formación de
la citada fase.
Si aun así el empate persistiera, y a los solos efectos de dirimir el orden de
prelación, al objeto de agotar las posibilidades de desempate compatibles con los
principios de mérito y capacidad, se valorarán nuevamente y en el orden descrito en el
apartado anterior, la experiencia laboral y la formación, sin aplicar el límite de puntuación
establecido en cada uno de esos apartados de la base sexta.
En aplicación de lo dispuesto en la Ley 3/2007 de 22 de marzo, para la igualdad
efectiva de mujeres y hombres en caso de que persistiese el empate entre candidatos/as
se resolverá a favor de aquella persona cuyo género estuviera subrepresentado en las
plazas objeto de la presente convocatoria.
De persistir dicho empate se resolverá por orden alfabético, iniciándose el
escalafonamiento por el orden de actuación de apellidos establecido según el sorteo a
que se refiere la base quinta de esta convocatoria.
La Resolución de Alcaldía dictada en base a la propuesta formulada por el
Tribunal de Selección donde figura la mencionada relación de aprobados/as y
propuesto/a para su nombramiento como personal funcionario de carrera agota la vía
administrativa, pudiendo los/as interesados/as interponer, con carácter potestativo,
recurso de reposición o bien, interponer directamente recurso contencioso-
administrativo, así como cualquier otro recurso que estimen procedente. Dicha
resolución será motivada con referencia al cumplimiento de las normas reglamentarias
y de las bases de la convocatoria.
Las personas aspirantes propuestas para nombramiento presentarán ante el
Servicio de Recursos Humanos del Excmo. Ayuntamiento de Cáceres, dentro del plazo
de veinte días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación del resultado
final del concurso oposición, los siguientes documentos acreditativos de las condiciones
de capacidad y requisitos que para tomar parte en la misma se exigen en la base
segunda de la convocatoria:
a) Fotocopia compulsada del DNI.
CVE:
BOP-2024-6554
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 18 de diciembre de 2024
N.º 0243
Pág. 27690
puntuación obtenida en el apartado experiencia laboral de la fase de concurso y de
persistir se tendrá en cuenta la mayor puntuación obtenida en el apartado formación de
la citada fase.
Si aun así el empate persistiera, y a los solos efectos de dirimir el orden de
prelación, al objeto de agotar las posibilidades de desempate compatibles con los
principios de mérito y capacidad, se valorarán nuevamente y en el orden descrito en el
apartado anterior, la experiencia laboral y la formación, sin aplicar el límite de puntuación
establecido en cada uno de esos apartados de la base sexta.
En aplicación de lo dispuesto en la Ley 3/2007 de 22 de marzo, para la igualdad
efectiva de mujeres y hombres en caso de que persistiese el empate entre candidatos/as
se resolverá a favor de aquella persona cuyo género estuviera subrepresentado en las
plazas objeto de la presente convocatoria.
De persistir dicho empate se resolverá por orden alfabético, iniciándose el
escalafonamiento por el orden de actuación de apellidos establecido según el sorteo a
que se refiere la base quinta de esta convocatoria.
La Resolución de Alcaldía dictada en base a la propuesta formulada por el
Tribunal de Selección donde figura la mencionada relación de aprobados/as y
propuesto/a para su nombramiento como personal funcionario de carrera agota la vía
administrativa, pudiendo los/as interesados/as interponer, con carácter potestativo,
recurso de reposición o bien, interponer directamente recurso contencioso-
administrativo, así como cualquier otro recurso que estimen procedente. Dicha
resolución será motivada con referencia al cumplimiento de las normas reglamentarias
y de las bases de la convocatoria.
Las personas aspirantes propuestas para nombramiento presentarán ante el
Servicio de Recursos Humanos del Excmo. Ayuntamiento de Cáceres, dentro del plazo
de veinte días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación del resultado
final del concurso oposición, los siguientes documentos acreditativos de las condiciones
de capacidad y requisitos que para tomar parte en la misma se exigen en la base
segunda de la convocatoria:
a) Fotocopia compulsada del DNI.
CVE:
BOP-2024-6554
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
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