Sección II - Administración Autonómica. Junta de Extremadura. Consejería de Hacienda y Administración Pública. (BOP-2024-6545)
BOP-2024-6545 Acuerdo del Consejo de Gobierno por el que se fija el calendario de días inhábiles a efectos de cómputo de plazos administrativos durante el año 2025 en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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13 de octubre, por disfrutarse en este día el descanso laboral correspondiente al
día 12 de octubre, Día Nacional de España, al coincidir dicha fiesta en domingo.
1 de noviembre, Todos los Santos.
6 de diciembre, Día de la Constitución Española.
8 de diciembre, Inmaculada Concepción.
25 de diciembre, Natividad del Señor.
2. Además, serán inhábiles en cada entidad local de la Comunidad Autónoma de Extremadura
los días de descanso laboral de sus respectivas fiestas locales que, determinados conforme a
lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto 41/2024, de 14 de mayo, figuran en las relaciones
publicadas por Resolución de 18 de octubre de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por
la que se hace público el calendario laboral oficial de fiestas locales para la Comunidad
Autónoma de Extremadura durante el año 2025. (DOE n.º 210, de 28 de octubre de 2024), o
modificaciones que se produzcan.
Segundo. El presente acuerdo se publicará en el Diario Oficial de Extremadura, en los
Boletines Oficiales de las Provincias de Badajoz y Cáceres y en la Sede Electrónica de la Junta
de Extremadura:
https://sede.juntaex.es/SEDE/
sin perjuicio de la exposición pública que puedan realizar también las entidades locales.
Tercero. El presente acuerdo producirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en
el Diario Oficial de Extremadura.
Elena Manzano Silva
CONSEJERA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
Mérida, 2 de diciembre de 2024
María Guardiola Martín
PRESIDENTA DE LA JUNTA DE EXTREMADURA
CVE:
BOP-2024-6545
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 17 de diciembre de 2024
N.º 0242
Pág. 27551
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13 de octubre, por disfrutarse en este día el descanso laboral correspondiente al
día 12 de octubre, Día Nacional de España, al coincidir dicha fiesta en domingo.
1 de noviembre, Todos los Santos.
6 de diciembre, Día de la Constitución Española.
8 de diciembre, Inmaculada Concepción.
25 de diciembre, Natividad del Señor.
2. Además, serán inhábiles en cada entidad local de la Comunidad Autónoma de Extremadura
los días de descanso laboral de sus respectivas fiestas locales que, determinados conforme a
lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto 41/2024, de 14 de mayo, figuran en las relaciones
publicadas por Resolución de 18 de octubre de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por
la que se hace público el calendario laboral oficial de fiestas locales para la Comunidad
Autónoma de Extremadura durante el año 2025. (DOE n.º 210, de 28 de octubre de 2024), o
modificaciones que se produzcan.
Segundo. El presente acuerdo se publicará en el Diario Oficial de Extremadura, en los
Boletines Oficiales de las Provincias de Badajoz y Cáceres y en la Sede Electrónica de la Junta
de Extremadura:
https://sede.juntaex.es/SEDE/
sin perjuicio de la exposición pública que puedan realizar también las entidades locales.
Tercero. El presente acuerdo producirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en
el Diario Oficial de Extremadura.
Elena Manzano Silva
CONSEJERA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
Mérida, 2 de diciembre de 2024
María Guardiola Martín
PRESIDENTA DE LA JUNTA DE EXTREMADURA
CVE:
BOP-2024-6545
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 17 de diciembre de 2024
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