Sección II - Administración Autonómica. Junta de Extremadura. Consejería de Hacienda y Administración Pública. (BOP-2024-6545)
BOP-2024-6545 Acuerdo del Consejo de Gobierno por el que se fija el calendario de días inhábiles a efectos de cómputo de plazos administrativos durante el año 2025 en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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Sección II - Administración Autonómica
Junta de Extremadura
Consejería de Hacienda y Administración Pública
ANUNCIO. Acuerdo del Consejo de Gobierno por el que se fija el calendario de
días inhábiles a efectos de cómputo de plazos administrativos durante el año
2025 en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
El artículo 30.7 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas, establece que las Administraciones de las Comunidades
Autónomas, con sujeción al calendario laboral oficial, fijarán, en su respectivo ámbito, el
calendario de días inhábiles a efectos de cómputo de plazos, comprendiendo los días inhábiles
de las entidades locales correspondientes a su ámbito territorial.
Por ello, a propuesta de la Consejera de Hacienda y Administración Pública, el Consejo de
Gobierno en su reunión del día 2 de diciembre de 2024,
ACUERDA
Primero. El calendario de días inhábiles a efectos del cómputo de plazos administrativos, que
regirá en la Comunidad Autónoma de Extremadura durante el año 2025, se fija en los
siguientes términos:
1. Serán días inhábiles en todo el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, además de los sábados y domingos, las fiestas laborales de esta Comunidad que
figuran en el Decreto 41/2024, de 14 de mayo, por el que se fija el calendario de días festivos
de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2025 (DOE n.º 96, de 20 de mayo de
2024) y que a continuación se relacionan:
1 de enero, Año Nuevo.
6 de enero, Epifanía del Señor.
17 de abril, Jueves Santo.
18 de abril, Viernes Santo.
1 de mayo, Fiesta del Trabajo.
15 de agosto, Asunción de la Virgen.
8 de septiembre, Día de Extremadura.
CVE:
BOP-2024-6545
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 17 de diciembre de 2024
N.º 0242
Pág. 27550
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Sección II - Administración Autonómica
Junta de Extremadura
Consejería de Hacienda y Administración Pública
ANUNCIO. Acuerdo del Consejo de Gobierno por el que se fija el calendario de
días inhábiles a efectos de cómputo de plazos administrativos durante el año
2025 en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
El artículo 30.7 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas, establece que las Administraciones de las Comunidades
Autónomas, con sujeción al calendario laboral oficial, fijarán, en su respectivo ámbito, el
calendario de días inhábiles a efectos de cómputo de plazos, comprendiendo los días inhábiles
de las entidades locales correspondientes a su ámbito territorial.
Por ello, a propuesta de la Consejera de Hacienda y Administración Pública, el Consejo de
Gobierno en su reunión del día 2 de diciembre de 2024,
ACUERDA
Primero. El calendario de días inhábiles a efectos del cómputo de plazos administrativos, que
regirá en la Comunidad Autónoma de Extremadura durante el año 2025, se fija en los
siguientes términos:
1. Serán días inhábiles en todo el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, además de los sábados y domingos, las fiestas laborales de esta Comunidad que
figuran en el Decreto 41/2024, de 14 de mayo, por el que se fija el calendario de días festivos
de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2025 (DOE n.º 96, de 20 de mayo de
2024) y que a continuación se relacionan:
1 de enero, Año Nuevo.
6 de enero, Epifanía del Señor.
17 de abril, Jueves Santo.
18 de abril, Viernes Santo.
1 de mayo, Fiesta del Trabajo.
15 de agosto, Asunción de la Virgen.
8 de septiembre, Día de Extremadura.
CVE:
BOP-2024-6545
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 17 de diciembre de 2024
N.º 0242
Pág. 27550