Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2024-6522)
BOP-2024-6522 Convocatoria de pruebas selectivas para la cobertura en propiedad de una plaza de Trabajador/a Social, mediante el sistema de concurso oposición por el turno de discapacidad.
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En esta prueba se valorará la formación general, la claridad y orden de ideas, el volumen
y comprensión de los conocimientos expuestos, así como la facilidad de expresión escrita.
Para su superación es preciso que las personas aspirantes desarrollen los tres temas que
hayan sido objeto de su elección en todos sus epígrafes.
b) Segundo ejercicio
El segundo ejercicio consistirá en la resolución en el plazo máximo de tres horas de un
supuesto práctico a elegir de entre dos que proponga el Tribunal, que estarán relacionados con
la parte específica del programa anexo a la convocatoria.
El Tribunal de Selección indicará el día de celebración del ejercicio e inmediatamente
antes de iniciarse éste, los criterios de corrección del mismo.
Será leído por el/la aspirante en lectura pública ante el Tribunal en el día y hora que se
señale al efecto.
En este ejercicio se valorará fundamentalmente la capacidad de raciocinio, la
sistemática en el planteamiento, la formulación de conclusiones, el conocimiento y la adecuada
interpretación de la normativa aplicable.
Calificación de la oposición.
Los ejercicios de la oposición, todos ellos eliminatorios, se calificarán de cero a diez
puntos, siendo necesario para aprobar obtener, como mínimo, cinco puntos en cada uno de
ellos.
La puntuación final de la oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones
obtenidas en cada uno de los ejercicios.
Una vez finalizada la corrección de cualquiera de los ejercicios, se publicará por el
Tribunal de Selección la relación de los/as aspirantes que han superado el mismo, disponiendo
los/as interesados/as de un plazo de 5 días hábiles para efectuar reclamaciones ante dicho
Tribunal.
2. FASE DE CONCURSO
La fase de concurso, aplicable a quienes hayan superado todos los ejercicios, no tendrá
carácter eliminatorio ni podrá tenerse en cuenta para superar la fase de oposición que precede
siempre al concurso.
Consiste en la comprobación y aplicación de un baremo para calificar los méritos alegados
y debidamente acreditados por el personal aspirante, en los términos que a continuación se
relacionan.
El Tribunal otorgará la puntuación conforme al siguiente baremo:
2.1. Experiencia Laboral:
La máxima puntuación a obtener en este apartado será de 6 puntos.
CVE:
BOP-2024-6522
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 17 de diciembre de 2024
N.º 0242
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